RRHH Digital. Los familiares de fallecidos por accidente laboral o personas cercanas a las víctimas no suelen reclamar las cantidades por daños y perjuicios independientes de las prestaciones de Seguridad Social por desconocimiento y por el dolor que provoca el suceso, según informa el despacho Checa Abogados en un comunicado.
La directora del bufete, Marta Checa García, explicó que «existen cantidades a las que se tiene derecho en los casos en los que exista responsabilidad civil por culpa del empresario en la causa del accidente laboral que haya provocado el fallecimiento de trabajador».
Para plantear una reclamación, lo primero es determinar quién es el perjudicado por la muerte del trabajador, dentro de los parámetros contemplados por la normativa, y lo siguiente es establecer la cantidad a reclamar usando el Baremo de Circulación existente para fijar las cuantías indemnizatorias.
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