RRHH Digital. Los trabajadores autónomos que sean económicamente dependientes de una empresa (Trade) podrán reconocer esta situación aunque no tengan un contrato firmado.
Así lo recoge una enmienda del PSOE incorporada a la ponencia del proyecto de Ley reguladora de la Jurisdicción Social, que establece que los contratos escritos entre los autónomos y las empresas tendrán un carácter declarativo y no constitutivo, según informa en nota de prensa la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).
Esto implica que será suficiente con la simple prueba de que el autónomo cumple las condiciones para ser declarado como económicamente dependiente por los órganos jurisdiccionales del orden social, aunque no haya contrato con la empresa.
UPTA subraya que ésta es una «antigua reivindicación» de la organización, «ya que en la actualidad muchas empresas que hacen uso del trabajo de Trade no reconocen esta relación simplemente negándose a la firma del contrato escrito y los Juzgados de lo Social se declaran incompetentes ante la inexistencia de dicho contrato».
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