RRHH Digital. El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) abonará desde hoy un importe equivalente a 8 días de salario por año de servicio en los casos de despido procedente en contratos indefinidos, tantos ordinarios como de fomento del empleo, que hayan sido suscritos después del 18 de junio y tengan una duración superior a un año, según el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Así se da cumplimiento a lo dispuesto en la disposición transitoria tercera de la reforma laboral, del pasado 17 de septiembre, que fija esta medida con carácter coyuntural antes de la aplicación del modelo de capitalización individual o ‘modelo austríaco’.
Si bien, el informe solicitado a la comisión de expertos creado con el fin de analizar alternativas para la creación de este fondo apuntaba que su coste sería muy elevado y proponía entre las posibles opciones el mantenimiento de las coberturas del Fogasa, que se nutre de las aportaciones de los empresarios.
Según lo dispuesto en el BOE, será indiferente el número de empleados con los que cuente la empresa, y en caso de que el empleado que sea despedido haya prestado un servicio inferior a un año, la indemnización de 8 días por año se prorrateará por meses.
Además, señala que tratándose de un resarcimiento a favor del empresario, éste debe haber satisfecho con anterioridad al trabrajador la totalidad del importe de la indemnización legal y el despido debe ser firme.
El Fogasa, que ya contempla en su presupuesto una cantidad superior a los 100 millones de euros para cumplir con este mandato, incrementó el gasto en prestaciones en un 54,36% en 2010 en relación al año anterior, alcanzado los 1.287 millones de euros.
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