Recursos Humanos Digital. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado multas por un importe de 96.161 euros para una empresa constructora que permitió que menores de edad realizaran trabajos en altura.
La mercantil Obras y Reparaciones Cue e Hijos fue sancionada por la Consejería de Empleo y Bienestar Social del Gobierno de Cantabria por dos infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.
Las multas ascendían a 60.112 y 36.072 euros, y los hechos por los que se le impusieron las sanciones fue por la realización de trabajos en altura a cargo de menores de edad y por incumplir la orden de paralización de esas labores sin arreglar las causas que la motivaron.
La empresa recurrió la resolución del Gobierno en la que se le impuso la sanción, pero sin negar en ningún momento los hechos por los que se le multa.
El motivo de su recurso es la prescripción de los hechos y la falta de proporcionalidad entre las sanciones y la gravedad.
Los hechos sucedieron en 2001, cuando la empresa recibió las visitas de la Inspección de Trabajo, y no fue hasta 2007 cuando se le notificó la infracción, en un nuevo expediente, ya que el anterior caducó. No obstante, se considera que la prescripción fue interrumpida por una serie de acciones judiciales, con lo que el plazo de cinco años necesario volvió a empezar y la caducidad no tiene efectos.
El fallo incide en la gravedad de los hechos, y por tanto considera proporcionada la cantidad de las multas.
Los comentarios están cerrados.