RRHH Digital. El preacuerdo alcanzado entre AENA y sindicatos, tras una maratoniana negociación de 17 horas, garantiza que en los contratos de concesión, Madrid-Barajas y El Prat en principio, se establecerá para cada uno de ellos las plantillas consideradas como mínimas en la gestión aeroportuaria y para su alteración se consultará previamente con los sindicatos.
«Cualquier alteración sustancial de dicha plantilla mínima deberá ser autorizada por la sociedad de vigilancia y seguimiento de la concesión, previa consulta con los sindicatos», informó AENA.
Fuentes del Ministerio de Fomento señalaron a Europa Press que «no hay perspectivas» de que se produzca una reducción de empleo en Barajas y El Prat sino «todo lo contrario». «Se han matizado cuestiones técnico jurídicas y se han reforzado las garantías que ya se habían anunciado», añadieron.
Esta era la principal reinvindicación de los sindicatos convocantes de los 22 días de huelga en Semana Santa y verano, que deben ratificar en asambleas el acuerdo y someterlo al referéndum de los trabajadores afectados, unos 11.000, lo que podría suceder a mediados o finales de la próxima semana.
Según los sindicatos, los dos principales aeropuertos de la red de AENA emplean a 2.800 trabajadores. Con el acuerdo alcanzado, «cualquier alteración sustancial» de la plantilla mínima que se fije «deberá ser autorizada por la sociedad de vigilancia y seguimiento de la concesión, previa consulta con los sindicatos».
En el anterior borrador, se establecía que la plantilla existente en cada aeropuerto concesionado no podía ser modificada a la baja por la concesionaria sin autorización de la sociedad de seguimiento, que ahora tendrá que consultar previamente con los sindicatos.
Los trabajadores que pasen a las futuras concesionarias quedarán en situación de «suspensión de contrato de trabajo», bajo la modalidad de «excedencia especial». Además, se les reconoce la movilidad laboral, ya que podrán concursar en los procesos de promoción interna que se celebren en las empresas del grupo AENA y, en caso de reingreso, el tiempo que hayan trabajado en la concesionaria contará a efectos de antigüedad.
El acuerdo mantiene las alternativas contempladas para aquellos supuestos que por diversas razones –técnicas, económicas, organizativas o productivas– fuera necesario adoptar para optimizar la plantilla «de cualquiera de los centros del grupo», tales como un mismo puesto de su ocupación en otro centro –a designar por la empresa manteniendo sus retribuciones hasta su incorporación en el mismo–; una nueva ocupación siempre que fuera organizativamente y técnicamente posible o la indemnización prevista en el art. 102 del actual V Convenio Colectivo.
PRINCIPALES NOVEDADES
El segundo punto fuerte del principio de acuerdo es la presencia de AENA en el consejo de administración de las sociedades concesionarias del nuevo modelo, concretamente en las concesiones de los aeropuertos de Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat.
Otra de las novedades, según detalla Fomento, es que los puestos de trabajo temporales considerados estructurales –por ejemplo, los que cubren contratos de relevo– se convertirán en fijos, tanto en las concesiones como en AENA y en la nueva sociedad mercantil Aena Aeropuertos.
El documento acordado entre las partes amplía además el actual convenio colectivo de AENA a Aena Aeropuertos, a las sociedades filiales que se puedan crear en el futuro y a las sociedades concesionarias de forma que pasará a ser el I Convenio Colectivo del grupo con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.
Además, establece que el nuevo modelo de gestión aeroportuario garantiza la viabilidad económico-financiera de la actual red de aeropuertos, ya que los cánones que Aena Aeropuertos obtenga de los aeropuertos concesionados, así como los ingresos que reciba de las sociedades filiales, será utilizados para el funcionamiento de la red.
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