24 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

El Congreso convalida hoy la nueva ayuda de 400 euros a parados

El Congreso convalida hoy la nueva ayuda de 400 euros a parados

RRHH Digital. El Pleno del Congreso de los Diputados convalidará este jueves el decreto ley del plan de choque contra el desempleo juvenil y de larga duración, que incluye bonificaciones para la contratación a tiempo parcial y la nueva ayuda de 400 euros que sustituirá a la de 426 euros a partir del 15 de febrero, una medida que recibirá las críticas tanto del PP como de las minorías de la izquierda parlamentaria.

No obstante, el ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, tiene garantizado el apoyo de CiU, PNV y CC para sacar adelante la norma y garantizar que no sea tramitada como proyecto de ley, tal y como reclamarán el resto de grupos de la oposición.

A cambio, el Gobierno se ha comprometido con estas formaciones a aceptar que el decreto de reforma de las políticas activas aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros y que se votará en la Cámara Baja en la semana del 7 de marzo sea tramitado como proyecto de ley, lo que permitirá a la oposición introducir enmiendas en su articulado.

AYUDA DE 400 EUROS PARA LOS PARADOS DE LARGA DURACIÓN

La norma que se espera que defienda ante el Pleno del Congreso  Valeriano Gómez –aunque este miércoles el ministro faltado por enfermedad a la sesión de control– incluye la nueva ayuda de 400 euros hasta un máximo de seis meses, que estará vinculada a la formación y que contará con una dotación de 400 millones de euros, que correrán a cargo del Estado.

La ayuda beneficiará a unos 80.000 desempleados, muchos menos que los 198.000 beneficiarios del PRODI registrado en el último periodo de la ayuda.

Serán beneficiarias de este programa las personas que agoten su protección por desempleo a partir del 16 de febrero de 2011 y no cumplan con los requisitos de acceso a la Renta Activa de Inserción.

A diferencia del PRODI, esta nueva ayuda, denominada ‘Programa de recualificación profesional de las personas que hayan agotado su protección por desempleo’, está concebida más como un acompañamiento económico a acciones de formación propias de las políticas activas, que como una prestación.

De este modo, el programa obliga a los beneficiarios a realizar un itinerario personalizado de inserción, que contemple el diagnóstico sobre su empleabilidad y la participación en acciones de recualificación y/o reinserción laboral.

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

Por otro lado, se constituye el denominado ‘Programa excepcional de empleo para la transición hacia la contratación estable’, enfocado a los jóvenes de hasta 30 años y parados de larga duración, y que ha sido descalificada como «contrato basura» tanto por los ‘populares’ como por ERC, IU, ICV, BNG y NaBai.

El Gobierno prevé que aquellas empresas que contraten a tiempo parcial durante el año posterior a la aprobación del programa y no hayan reducido plantilla en los últimos seis meses verán reducidas sus cuotas a la Seguridad Social. Así pues, estas empresas tendrán que mantener o incrementar el empleo una vez se beneficien de la bonificación.

Para ello, la jornada de los contratos deberá ser de entre el 50% y el 75% de la habitual. En el caso de las empresas con plantillas inferiores a los 250 trabajadores, esta reducción de cuotas será del 100%, mientras que para el resto no superará el 75%. Por otro lado, la bonificación será de un año para los contratos indefinidos y de al menos seis meses para los temporales.

Además, durante el año de vigencia del plan, aquellas empresas que conviertan uno de estos contratos a tiempo parcial temporales a indefinidos podrán beneficiarse de las bonificaciones a la conversión contempladas en la reforma laboral.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué impacto tendría la implementación de una jornada laboral reducida en el rendimiento y la satisfacción de los empleados?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital