2 de noviembre de 2024
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Los fondos de despido se financiarán con las cotizaciones al fogasa y al desempleo

Los fondos de despido se financiarán con las cotizaciones al fogasa y al desempleo

RRHH Digital. El ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, apuntó esta semana que los fondos de capitalización de la indemnización por despido, que se incluyen en la reforma laboral, se financiarán principalmente con las cotizaciones empresariales, aunque sin incrementar los costes para las empresas.

De esta forma, Gómez explicó en su intervención en la Comisión de Trabajo e Inmigración del Senado que el objetivo es utilizar estas cotizaciones pero sin incrementar el “nivel global” del coste para las empresas.

Así, los fondos se financiarían con las cotizaciones de los empresarios por el desempleo y con los excedentes acumulados en las aportaciones al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Sin embargo, el ministro explicó que una vez estén diseñados estos instrumentos habrá que estudiar si es posible su financiación exclusiva con las cotizaciones empresariales o si es necesario que el Estado también haga aportaciones.

Estos fondos servirán para complementar la indemnización percibida por los trabajadores en caso de despido o en el momento de la jubilación.

El titular de Trabajo aseveró que el Gobierno mantiene su compromiso, incluido en la reforma laboral, de que en el plazo de un año (es decir, antes del 18 de junio de 2011) se apruebe el proyecto de ley que fijará las bases de estos fondos y que estén operativos el 1 de enero de 2012.

Según Gómez, este sistema tiene “sus ventajas y sus inconvenientes” pero ha funcionado “razonablemente bien” en Austria, que, aunque no es igual que España, “sí que tiene algunas similitudes”, como la alta rotación del mercado laboral.

Otro de los puntos a desarrollar de la reforma laboral es el procedimiento administrativo de los expedientes de regulación de empleo (ERE). Sobre este tema, señaló que el Gobierno dispone ya de un borrador de real decreto que «en breve» lo someterá a los interlocutores sociales y a las comunidades autónomas.

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