2 de noviembre de 2024
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Reforma Laboral: El Senado admite a trámite la ILP de CC.OO. y UGT para modificarla

Reforma Laboral: El Senado admite a trámite la ILP de CC.OO. y UGT para modificarla

RRHH Digital. El Senado ha admitido a trámite la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por el Empleo Estable y con Derechos que pretende cambiar capítulos centrales de la reforma laboral, según ha informado CC.OO. en un comunicado.

Los secretarios generales de CC.OO. y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Cándido Méndez, respectivamente, registraron la ILP el pasado 9 de diciembre en el Congreso de los Diputados.

Ahora que ha sido admitida en el Senado, la Iniciativa Legislativa Popular de ambos sindicatos tendrá que ser recibida de nuevo en la Mesa del Congreso para que sea remitida a la Junta Electoral Central a fin de garantizar la regulación de la recogida de firmas.

Será a partir de ese momento cuando todas las estructuras del sindicato pongan en marcha la recogida de firmas que se llevará a cabo en todos los centros de trabajo del país.

Esta ILP, que tiene forma de proposición de ley, ha sido definida por las organizaciones sindicales como una «enmienda a la totalidad» de la reforma laboral y la interpretan como una «oportunidad» para los Grupos Parlamentarios de rectificar la reforma laboral aprobada en septiembre.

Esta proposición de ley necesita 500.000 firmas para su tramitación en la Cámara Baja, pero los sindicatos esperan superar esta cifra y hacerlo antes de los nueve meses estipulados legalmente desde su registro.

La ILP de los sindicatos es un texto articulado en el que tratan de corregir los aspectos más lesivos de la reforma y con el que también quieren demostrar que las organizaciones sindicales tienen una «alternativa» al modelo de relaciones laborales que aprobó el Gobierno con el apoyo del Parlamento.

Así pues, los sindicatos pretender «enmendar» las modificaciones introducidas en el mercado laboral por decreto y que posteriormente superaron el filtro parlamentario.

La propuesta sindical recupera la causalidad en el despido y la figura del despido nulo, actúa sobre el contrato de 33 días devolviéndole su naturaleza original, penaliza la contratación temporal vía cotización al desempleo y bonifica la indefinida, entre otras muchas medidas.

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