27 de noviembre de 2024
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Firmado el convenio de Lavanderías

Firmado el convenio de Lavanderías

RRHH Digital. Cerca de 2.000 trabajadores del sector de la limpieza en Málaga tienen a partir de ahora su convenio firmado, según han anunciado desde el sindicato de Actividades Diversas de CCOO, que ha precisado que se trata del convenio de tintorería y limpieza de ropa, lavandería y autoservicio, obradores de planchado a mano y máquina y establecimientos públicos de recepción y entrega.

El convenio contempla en primer lugar que se deberán actualizar las tablas de 2008 en el 4,2, más el 0,5. En cuanto a la subida salarial para 2009 es del 1,40 por ciento, para 2010, del 0,80 por ciento real a incrementar sobre las tablas del año anterior y para 2011, el IPC de este año a incrementar sobre las tablas del mismo ejercicio.

Además, según consta en el convenio, se incluye compensar con dos días de vacaciones más a los trabajadores que por causas organizativas no pudieran disfrutar de ellas en los meses de junio, julio, agosto y septiembre. También se incluye el RD –jubilación parcial anticipada– como un derecho.

Asimismo, se contempla que las faltas leves prescribirán a los 10 días, las graves a los 20 y las muy graves a los 60 días, «en todos los casos a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y en todo caso a los seis meses de haberse cometido», se señala.

También se regulan los casos de retirada del permiso de conducir y se estipula que al trabajador al que se le haya suspendido dicha licencia que necesita para ejercer su actividad profesional «si esta se desarrolla conduciendo vehículos de la empresa, por circunstancias imputables al desarrollo de su reparto, siempre y cuando no exista negligencia por parte del trabajador», la empresa le asignará cualquier puesto de trabajo.

Se añade que este trabajador en el puesto de trabajo provisional «percibirá el mismo salario» y que recuperará sus funciones de conductor «en el mismo momento en que se extinga la suspensión temporal del permiso de conducir».

Sobre las dietas, el empleado percibirá una completa cuando como consecuencia del desplazamiento de carácter extraordinario no pueda pernoctar en su residencia habitual y se determina que en el caso de que existan jornadas que no se hayan trabajado entera por orden de la empresa «el defecto no será recuperable y se considerará trabajada a todos los efectos», salvo en casos de causa grave, como la rotura de una máquina.

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