Recursos Humanos Digital. El Tribunal Supremo revisará el próximo día 21 a puerta cerrada la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona que impuso una pena de dos años de cárcel a 23 de los trabajadores que invadieron las pistas del Aeropuerto de El Prat en verano de 200, durante una huelga ilegal. Otros cuatro participantes en la protesta resultaron absueltos.
La acción de los trabajadores, que colapsaron el aeropuerto por miedo a perder sus puestos de trabajo tras la subrogación del ‘handling’ por parte de Aena, duró varias horas y provocó la cancelación de más de 544 vuelos.
La sentencia dictada el pasado mes de abrilpor la Audiencia de Barcelona desestimó la petición de la defensa de que la ley aplicada en este caso–Ley Penal de la Navegación Aérea– fuera «inconstitucional y fascista».
Por otra parte, la Sala entendió que los hechos no eran constitutivos de un delito contra el tráfico aéreo enmarcado dentro de la citada ley, sino de delitos de desorden público, cuyas penas son menores.
La Audiencia de Barcelona absolvió a los dos presuntos cabecillas de la protesta -el secretario de política institucional de la Federación de Transportes de UGT, Omar Minguillón y al líder del mismo sindicato Juan Luis Gallardo-, al no encontrar concluyente el visionado de los vídeos en los que supuestamente podía verse su participación en la protesta.
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