RRHH Digital. El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Real Decreto de creación y regulación del Consejo de la representatividad de las asociaciones de trabajadores autónomos en ámbito estatal, y de funcionamiento y organización del Consejo de Trabajo Autónomo.
En concreto, el objetivo del proyecto supone dar voz en las políticas públicas que afectan a los trabajadores autónomos a aquellas organizaciones más representativas, informó el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
El proyecto de Real Decreto pretende cumplir el mandato de desarrollo normativo contenido en el Estatuto del Trabajo Autónomo en el aspecto de medir la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, así como, la regulación y composición del Consejo de Trabajo autónomo como órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y profesional del trabajo autónomo.
Así, se da un paso importante en el desarrollo del Estatuto al reconocer derechos fundamentales de más de tres millones de trabajadores, ya que el 90% de nuestros empresarios son pequeñas empresas y autónomos.
El texto ha sido consultado con las asociaciones estatales de autónomos, con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, tras ser presentado en Conferencia Sectorial.
COMPOSICIÓN DEL CONSEJO
En concreto, este órgano se compone de tres funcionarios y dos expertos independientes, y su funcionamiento para poder efectuar la declaración de representatividad en el marco de una convocatoria cuatrienal que se debe desarrollar mediante Orden ministerial.
Además, el Real Decreto desarrolla los criterios en cuanto a acreditación de sedes permanentes (en 12 comunidades autónomas y 24 provincias), número de trabajadores autónomos afiliados, con identificación individualizada, y otra serie de requisitos, a los que se asocia una baremación progresiva para las tres primeras asociaciones y uniforme para el resto que los acredite.
Para que una asociación de profesionales autónomos sea declarada representativa deberá sumar al menos 16 puntos, entre los que son de obligado cumplimiento los relativos al número de afiliados, sede permanente y recursos humanos materiales.
El Consejo del Trabajo Autónomo, que será el foro de interlocución ordinaria del asociacionismo de los más de tres millones de trabajadores autónomos, estará compuesto por: 12 representantes de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos declaradas representativas, 12 de las organizaciones empresariales y otros 12 de las sindicales y 12 de las Administraciones Públicas, además de un representante por cada uno de los Consejos del Trabajo Autónomo que se hayan podido constituir en el ámbito de las Comunidades Autónomas.
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