Recursos Humanos Digital. El Consejo Económico y Social (CES) ha valorado positivamente el Anteproyecto de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, por el que los tribunales de este orden asumirán todos los asuntos relativos a accidentes laborales, seguridad e higiene en el trabajo, prestaciones públicas y vulneración de derechos en el ámbito laboral, especialmente acoso y discriminación, con algunas excepciones, como los casos penales.
Sin embargo, en el dictamen del Pleno del CES de España, el organismo advierte de que la ampliación de las competencias del orden jurisdiccional social supondrá un incremento en el volumen global de los asuntos sometidos a los juzgados y tribunales, y cree que no se ha previsto de manera «suficiente» los recursos que se necesitarán para hacer frente a este incremento de la actividad.
El dictamen valora globalmente de forma positiva el Anteproyecto, pero llama la atención sobre una serie de críticas que, en su opinión, deben llevar al legislador a mejorar el texto.
En concreto, alerta de que la falta de recursos y el incremento de la carga de trabajo podrían alagar los procedimientos y hace hincapié en la necesidad de potenciar los mecanismos de resolución extrajudicial de los conflictos laborales con instrumentos ya consolidados, como la mediación. Además, ve posible mejorar el acortamiento de los plazos en la interposición de recursos y demandas en determinados procesos.
Asimismo, cree que la agilidad que pretende el Anteproyecto debería procurarse a través de distintas vías y, en todo caso, de forma que la reducción de plazos se lleve a cabo de forma equilibrada en todas las fases del proceso y con todos los agentes intervinientes.
El CES también critica que se hayan atribuido determinadas materias a la competencia del Orden jurisdiccional social, mientras que se ha excluido otras como ocurre en cuestiones relativas a la esfera de las relaciones entre las Administraciones pública y el personal a su servicio que, a su parecer, adolece de una falta de identificación clara del criterio que se ha seguido.
De la misma forma, se refiere a la regulación sobre la atribución de competencia a los Juzgados de lo Social, las salas de lo social de los Tribunales Superiores de Justicia, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, y la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, respectivamente.
LAMENTA LA FALTA DE DIÁLOGO CON LOS AGENTES SOCIALES
A su parecer, la regulación competencial no es homogénea, adolece de falta de claridad y puede suscitar dudas de interpretación, por lo que pide un tratamiento específico que sea, a la vez, sistemático, completo y adecuado de los requisitos que se exigirán para interponer demanda en los supuestos atribuidos al Orden social.
Además, lamenta que no se haya aprovechado la reforma para abordar soluciones que faciliten la ejecución de las sentencias recaídas en los procesos de conflictos colectivos, al tiempo que expresa su desacuerdo en relación con el procedimiento seguido para la tramitación del Anteproyecto. Según el CES, hubiera sido deseable agotar las consultas necesarias en las fases previas de su elaboración, especialmente en los agentes sociales.
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