RRHH Digital. La reciente reforma laboral y la aplicación en España de un modelo similar al austriaco centraron unas interesantes conferencias-debate organizadas los pasados 27 y 28 de octubre por la Asociación Hispano-Austriaca de Juristas (AHAUJ). En palabras de su Presidenta, Dª Mercedes Aguado, “estos actos han contribuido a poner de manifiesto las principales incertidumbres a las que España se enfrenta ante la importación de este sistema al que el Gobierno ya ha dado luz verde con la Ley 35/2010 de 17 de septiembre”.
Para comprender mejor cómo funciona y la forma en que se puede aplicar en España el Fondo de Capitalización de indemnizaciones por despido, ponentes de la categoría del embajador de Austria en España, Excmo. Sr. D. Rudolf Lennkh, Dª Ana de Timoteo, especialista en Derecho comparado del Departamento Jurídico de Porsche en Salzsburgo, o el Delegado Comercial de Austria en España, D. Robert Punkenhofer se dieron cita en unas conferencias organizadas por la AHAUJ en Madrid, en un espacio cedido por CaixaForum – Centro Social y Cultural de la Obra Social de “la Caixa” y en Barcelona, en las instalaciones de Barcelona Activa. Entre las conclusiones que se pueden extraer destaca que la experiencia austriaca ha demostrado que este modelo ha supuesto un abaratamiento del despido en Austria a la vez que ha aumentado la movilidad laboral.
Los expertos austriacos explicaron también que este sistema es obligatorio para todos sus trabajadores y autónomos y que el capital aportado es gestionado por Cajas que funcionan como fondos de inversión. Después de 3 años de contribuciones, el empleado puede cobrar lo acumulado en caso de despido, de resolución del contrato de común acuerdo, o de jubilación.
Pero, sin duda, uno de los puntos más polémicos tratados en las jornadas fue la forma de financiación de este Fondo. Mientras que en Austria, según explicó su embajador, “el Fondo se nutre con las aportaciones del empresario, que paga mensualmente un 1,53 % del sueldo mensual bruto de cada trabajador a una Caja de Previsión para empleados”, en España todavía está por determinar quien asumirá el pago de esos fondos.
En palabras de D. Gabriel Vázquez, abogado laboralista y socio del Despacho Advocatia Abogados, “al no estar previsto que el Fondo se financie con el incremento de las aportaciones de las empresas a la Seguridad Social, las opciones que quedan son: modificar los porcentajes del resto de las cuotas de cotización o que sean los trabajadores los que asuman el pago de las aportaciones de las que se nutrirá el Fondo”. Tanto D. Gabriel Vázquez como los otros ponentes españoles, D. Francisco González de Lena, Director del Gabinete del Presidente del Consejo Económico y Social y el Profesor de Derecho del Trabajo y abogado laboralista del Despacho Miralles, D. Carlos Miralles, coincidieron en que la opción más previsible en España es la de cambiar los porcentajes de las cuotas para financiar el Fondo sin que suponga un coste adicional para las empresas.
Para concluir, es preciso señalar que gracias a las conferencias se ha podido conocer de primera mano el funcionamiento del modelo laboral austriaco. De momento, hay que esperar al definitivo desarrollo legal para conocer todos los matices de esta reforma laboral, pero gracias a los ponentes se ha conseguido centrar la cuestión y debatir cómo ser aplicado en nuestro país.
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