RRHH Digital. La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ha propuesto una serie de enmiendas al Real Decreto de reforma laboral, que mañana se debatirá en el Congreso, entre las que incluye que, en empresas de menos de seis trabajadores, se entiendan como causas económicas de despido la reducción del acceso al crédito del 50% en un año o pérdidas de hasta un 15%.
La organización indica que la actual redacción de estas causas, que el decreto deja abiertas a una «situación económica negativa», ha de concretarse más, pues «no tiene en cuenta de manera expresa la vicisitudes económicas que puede experimentar la microempresa y sus capacidades de hacer frente a situaciones económicas mucho menores que la pequeña y mediana empresa».
En este sentido, apunta que podría ser causa de despido por motivos económicos en una de estas empresas el hecho de tener pérdidas del 15% o simplemente la disminución del 25% en los ingresos durante los seis meses anteriores.
Asimismo, propone que también sirva para justificar este tipo de despido la morosidad que suponga un tercio de los ingresos de dicha empresa en ese medio año.
Si bien, ATA va más lejos y plantea que sólo sea necesario acreditar que el acceso al crédito se ha reducido en un 50% respecto al año anterior para poder despedir por causas económicas, algo que pondría la pelota en el tejado de las entidades financieras.
REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES
Por otro lado, las enmiendas de la organización presidida por Lorenzo Amor también incluyen cuestiones relacionadas con las representatividad de los trabajadores en las empresas en los casos de modificación de las condiciones de trabajo.
Así, apuntan que, en los supuestos de ausencia de representación legal de los trabajadores, éstos «mediante acuerdo adoptado por mayoría» podrán atribuir su representación para la negociación de un acuerdo a una comisión integrada por un máximo de tres miembros de los sindicatos más representativos designados por la comisión paritaria del convenio colectivo.
Además, indica que «en defecto de acuerdo de los trabajadores a favor de la atribución de representatividad la modificación de las condiciones sustanciales de las condiciones de trabajo requerirá la intervención de la autoridad laboral, que resolverá sobre la misma».
Del mismo modo, ATA señala que, en los supuestos de ausencia de representación legal de los trabajadores, «la inaplicación del régimen salarial previsto en los convenios colectivos –cláusulas de descuelgue– requerirá la intervención de la autoridad laboral», tarea ahora reservada a la comisión paritaria de los convenios colectivos.
«De aceptarse tal enmienda no sería necesario acudir al mecanismo de atribución de representatividad pymes se trata de una cuestión compleja y delicada en empresas de menos de seis trabajadores», argumentan desde la organización.
Por último, ATA propone que la cuantía de las bonificaciones contempladas en el Real Decreto para fomentar la contratación indefinida «se duplique en el supuesto de contratación del primer asalariado por un autónomo».
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