24 de noviembre de 2024
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El despido improcedente por causas económicas de 33 días será el nuevo ‘despido exprés’

El despido improcedente por causas económicas de 33 días será el nuevo 'despido exprés'

RRHH Digital. La nueva reforma laboral permitirá emplear a casi cualquier trabajador mediante un contrato de fomento del empleo y despedirle por causas económicas no justificadas, con una indemnización de 33 días, de los que 8 días serán sufragados por el Fogasa. En la práctica, ello supondrá sustituir el extendido despido improcedente de 45 días en contratos ordinarios, que pasará a ser «residual», por «un nuevo ‘despido exprés'», con un coste para las empresas de 25 días, según Sagardoy Abogados.

Durante un almuerzo informativo, el despacho de abogados señaló que éste es uno de los cambios más relevantes que introduce el decreto sobre la reforma laboral del Gobierno, un texto, a su juicio, que favorece los intereses de las empresas.

Según el nuevo presidente de Sagardoy Abogados, Íñigo Sagardoy, que ha tomado el relevo a su padre, Juan Antonio Sagardoy, ahora presidente de honor, la reforma laboral del Gobierno «ha conseguido abaratar el despido».

En primer lugar, con la apertura de los colectivos a los que puede hacerse un contrato de fomento, con indemnización de 33 días por despido, pocos trabajadores quedarán fuera de su radio de acción. Prácticamente queda universalizado su uso, con lo que los empresarios se decantarán por él en los nuevos contratos.

Por otro lado, si de entrada el trabajador tendrá un despido más barato, la empresa tendrá más margen para alegar causas económicas para su despido, también en los contratos vigentes, de forma que sólo se acudirá al despido disciplinar para los casos «flagrantes».

CAUSAS ECONÓMICAS ABIERTAS

En este punto, desde el despacho de abogados se indicó que la redacción de las causas del despido, que aluden sólo a una «situación económica negativa», hace que el empresario tenga que hacer un «esfuerzo mínimo» para probarlas, de modo que alegará, no tanto pérdidas, sino cuestiones como la necesidad de amortizar puestos de trabajo.

Asimismo, el residente de honor añadió que la redacción de este punto en el decreto es «farragosa» y hace necesario que «tasar» más estos supuestos e incluir algunos como la necesidad de deslocalizaciones estratégicas. Además, argumentó que la decisión de decidir si las causas objetivas son procedentes o no quedará a discreción del juez y la administración, por lo que se generará cierta «inseguridad jurídica».

Por otro lado, el último paso para el abaratamiento del despido es el pago por parte del Fogasa de ocho días de indemnización en el caso de los contratos indefinidos. Además, desde el despacho de abogados recalcaron que el trabajador tendrá que reclamar esta cuantía al Fogasa, desentendiéndose el empresario.

EL FOGASA Y LAS CUOTAS SOCIALES

Ahora bien, desde el Sagardoy Abogados dudaron de que el Fogasa pueda soportar tal coste con sus 3.000 millones de euros de reserva actuales, una cantidad que, a su juicio, «no es suficiente». «Los números son los números», afirmó José Antonio Sagardoy, para quien sería un «milagro» que el Fogasa hiciese frente a esos gastos sin incrementar las cuotas de las empresas.

Además, el despacho considera que se avecina nuevas subidas de cotizaciones para las empresas derivadas de la puesta en marcha en 2012 del llamado ‘modelo austriaco’, el fondo de capitalización para los trabajadores, que igual hará las veces de indemnización por despido que de plan de pensiones privado.

Aunque el decreto establece que ello no debe suponer un sobre coste en términos de cotizaciones para las empresas, en la práctica Sagardoy Abogados ve «difícil de imaginar» otra forma de costear esta medida.

En cualquier caso, desde el despacho se puso en duda la conveniencia de instalar este fondo de capitalización, puesto que hará pagar a empresas sin despidos en su haber las indemnizaciones de aquellas que destruyan empleo, y se afirmó que sólo tendrá sentido como complemento al sistema público de pensiones.

LA REFORMA HA DE SER MÁS «QUIRÚRGICA»

Desde una visión más global, el despacho de abogados consideró la reforma laboral «positiva, pero no suficiente». En palabras de su presidente de honor, el decreto «es un instrumento farmacológico cuando debe ser quirúrgico», a juzgar por la situación de «extrema gravedad del enfermo».

Ahora bien, desde el despacho se aseguró que uno de los puntos más determinantes para los intereses de las empresas es la agilización de los procedimientos para introducir modificaciones en las condiciones de trabajo y la inclusión entre ellas de la distribución de los tiempos de trabajo. Si bien, se consideró inadecuado que estos cambios se vinculen a la duración de la vigencia de los convenios en lugar de a la situación económica que los desencadena.

Finalmente, Juan Antonio Sagardoy indicó que, a su juicio, una reforma laboral de pivotar sobre dos pilares: el de la ‘flexiguridad’, que debe proteger al empleado mejorando su empleabilidad e introducir mayor flexibilidad interna en las empresas; y el de la adaptación de la negociación colectiva a la situación económica de las empresas, para que cuestiones como los incrementos salariales no sean un «verdugo» para su viabilidad.

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