1 de noviembre de 2024
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El Gobierno contempla despidos por dificultades de la empresa con indemnización de 20 días

El Gobierno contempla despidos por dificultades de la empresa con indemnización de 20 días

RRHH Digital. El Gobierno prevé ampliar la utilización del contrato de fomento del empleo, con una indemnización por despido de 33 días, y contempla además facilitar los despidos en caso de que la empresa alegue estar atravesando una mala situación económica, supuesto en el que se considerarían procedentes y la indemnización se reduciría a veinte días.

Así se recoge en el documento sobre la reforma laboral que proyecta aprobar el Gobierno el próximo día 16 de junio en caso de que los agentes sociales no alcancen antes un acuerdo, según informó RNE.

En virtud de lo que recoge el documento, se reconocería como procedente un despido en caso de que la empresa alegue estar atravesando una mala situación económica, convirtiendo en ley algunas de las sentencias del Tribunal Supremo sobre esta materia. En estos casos, la indemnización se reduciría de 45 a 20 días.

Asimismo, el texto del Ejecutivo contempla ampliar la utilización del contrato de fomento del empleo. Este contrato surgió en 1997 del acuerdo entre Gobierno, patronal y sindicatos, es indefinido y cuenta con 33 días de indemnización por despido en lugar de los habituales 45.

Hasta ahora, este contrato no se le podía aplicar a hombres de entre 30 y 45 años de edad con menos de medio año en el paro. El Gobierno pretende que se pueda realizar contratos de este tipo a este colectivo a partir de los tres meses sin empleo. Además, todo contrato temporal podrá convertirse en uno de fomento sin límite de fecha.

La reforma laboral que prepara el Gobierno incluye también medidas para atajar la temporalidad. Así, propone limitar a un máximo de dos años la utilización del contrato por obra e incrementar la indemnización por despido en contratos de subcontratación, actualmente de ocho días, para desincentivar su uso.

Además, el documento del Ejecutivo recoge la ‘importación’ de los denominados modelo alemán y del modelo austriaco.

MODELO AUSTRIACO Y ALEMÁN

En virtud del primero, las empresas que rebajen su actividad y producción para adaptarse a una caída de la demanda de sus productos, podrán reducir el número de horas de trabajo de sus empleados, en vez de despedirlos. Los trabajadores verán compensado su salario con una prestación que abonará el Estado.

De su lado, el modelo austriaco de indemnización por despido consiste en constituir un fondo a partir de aportaciones de las empresas con el fin de que cubra ocho de los 33 días de indemnización. En caso de despido, los trabajadores podrían recuperarlo o llevarlo a otra empresa.

Además, el texto de reforma laboral que prepara el Gobierno incluye que las agencias privadas de colocación (ETT) pueden ampliar los sectores en los que operan y contempla un plan de empleo juvenil, reestructurando las bonificaciones con que las empresa cuentan para contratarles.

El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, anunció ayer miércoles que el Consejo de Ministros aprobará la reforma laboral el próximo miércoles 16 de junio haya o no acuerdo con sindicatos y empresarios.

Ayer concluyó sin acuerdo la última reunión, si bien Gobierno e interlocutores sociales se comprometieron a mantener «contactos permanentes» con vistas al próximo encuentro, previsto para el próximo 9 de junio.

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