RRHH Digital. El director de Sagardoy Abogados en Cataluña, Manel Hernàndez, destacó hoy la falta de un marco legal bien definido en relación al teletrabajo, una forma de organización del trabajo que otorga flexibilidad a las empresas y trabajadores. En España se ha implantado en el 1% de las organizaciones, con resultados muy positivos tanto para trabajador como para la empresa. El borrador de reforma laboral que está planteando el Gobierno no contempla en ninguno de sus puntos profundizar en esta modalidad de trabajo.
En el marco de la jornada ‘La flexibilidad laboral como respuesta a la crisis’ organizada por Aedipe Catalunya y la consultora organizativa Costaisa, Hernàndez subrayó el hecho de que la ley no contempla el teletrabajo como tal, razón por la cual se hace difícil su aplicación en las empresas como medida contra la crisis, pese a haberse demostrado en otros países que ésta es eficaz, tal como demuestra la implantación del teletrabajo en un 12% de las empresas de Estados Unidos o en un 6% de las de Europa.
El director de Sagardoy Abogados en Cataluña detalló que, sin un marco legal específico, las empresas se deben regir en base al Estatuto de los Trabajadores, teniendo presente el Acuerdo Estatal para la negociación colectiva de 2003 –que incorpora el Acuerdo Marco Europeo sobre teletrabajo-, el Acuerdo Estatal para la Negociación los años 2010-2012, y las sentencias del Tribunal Supremo que lo han tratado hasta la fecha.
A grandes rasgos, resumió que lo más importante a tener en cuenta a la hora de implantar el teletrabajo en una empresa es que éste debe ser voluntario por parte del trabajador, con respeto a las condiciones comparables de trabajo entre los teletrabajadores y el resto de la plantilla que desarrolla su labor en el centro de trabajo; se deber respetar su vida privada, garantizar una eficaz protección en seguridad y salud laboral, y asegurar los mismos derechos de formación, promoción y de representación legal.
Por su parte, la responsable de consultoría organizativa de Costaisa, Anna Forment, que ha asesorado en distintos procesos de implantación de teletrabajo en España, argumentó que este tipo de medidas de flexibilidad puede significar para la empresa que la implanta la reducción de un 30% de los costes estructurales que requiere un centro de trabajo; en un 30% en dietas; y hasta 1.200 euros de ahorro para el trabajador en concepto de desplazamientos.
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