RRHH Digital. El ex director adjunto de la sociedad mixta Mercasevilla Daniel Ponce, imputado por un supuesto intento de cobro de comisiones ilegales y cuyo despido fue declarado «improcedente» por el Juzgado de lo Social número once, se reincorporará hoy a esta empresa participada por el Ayuntamiento hispalense y Mercasa. Aunque su representación jurídica recuerda que le corresponde la catogoría profesional de director de la unidad alimentaria, el Consistorio asegura que no gozará de «ninguna responsabilidad en el organigrama directivo». Seguir leyendo el arículo
El abogado de Ponce, Simón Fernández, informó a Europa Press de que, después de la reunión celebrada entre el ex director adjunto, el director general de Mercasevilla, Jordi Maymó, y el subdirector, Carlos Recio, se acordó que su cliente se reincorporase a la compañía hoy.
El Juzgado de lo Social número once, como se recordará, había declarado «improcedente» el despido de Daniel Ponce a manos de Maymó el pasado mes de octubre y había condenado a Mercasevilla a indemnizarle con 239.585,7 euros o readmitirle en sus mismas condiciones laborales. Daniel Ponce, como reveló en su momento el PP, gozaba de un sueldo de 5.488,56 euros mensuales poco antes de que Mercasevilla rompiese la relación contractual.
En ese sentido, el letrado de Ponce advirtió de que en cumplimiento del fallo judicial, «el cargo y el sueldo» del ex directivo «son inamovibles» a la hora de su readmisión. Así, explicó que Daniel Ponce goza de la «categoría profesional» de director de la unidad alimentaria y, en el momento de su despido, trabajaba en el control estadístico de las ventas de la nave del pescado, porque fue cesado como director adjunto como consecuencia del supuesto intento de cobro de comisiones ilegales a dos empresarios del grupo hostelero La Raza.
No obstante, fuentes municipales señalaron a Europa Press que Ponce no tendrá «responsabilidades» directivas y será reincorporado como «trabajador de los servicios generales» de Mercasevilla.
LA SENTENCIA
El fallo, recogido por Europa Press, considera como hechos probados que Ponce realizó en 2007 y 2008 dos viajes a Vietnam con la asociación de mayoristas de pescado. En el primero de ellos recibió para el viaje 7.049 euros y devolvió 1.920,62 euros a la empresa tras haber anticipado 2.500 euros. En el segundo, recibió 4.367,67 euros y devolvió 1.392,46 euros, además de justificar gastos en comida, transportes y alojamiento por valor de 1.308,12 euros y entregar justificantes por el gasto de 560,80 euros en bebidas alcohólicas y masajes.
La sentencia reconoce, de hecho, que no se ha acreditado que Ponce justificase los gastos de su viaje a Vietnam en 2007, toda vez que entiende que los derechos fundamentales del demandante no se han visto vulnerados y no existió «acoso laboral en forma alguna».
De hecho, las causas alegadas por la empresa para su despido aludían a la falta de justificación de gastos de viaje, la entrega de 9.300 euros en concepto de beca a un «tercero ajeno a la empresa», concretamente Carmen V.M., y la participación en hechos «que podrían ser constitutivos de delito» con «ocultación», negligencia y «absoluta falta de control y desorganización» en la gestión empresarial, entre otros aspectos.
No obstante, en cuanto al acto de despido en sí, advierte el juzgado de que «ha de quedar acreditado la realidad y entidad de las faltas atribuidas al trabajador», aunque en este caso la ausencia de justificación de los gastos realizados en Vietnam habrían prescrito, según el contenido de la sentencia, que además advierte de que los hechos imputados por estos viajes «están debidamente contabilizados y hubiera bastado el mero cotejo para ver que las cuentas no cuadraban y para eso no hace falta una auditoría ni pericial económica alguna».
«TOLERANCIA» DE LA EMPRESA A LAS «IRREGULARIDADES»
Además, entiende la sentencia que aunque no estuvieran prescritos los hechos, se dio una «clara situación de tolerancia de la empresa ante el comportamiento del trabajador, que pese al enorme gasto sin justificar o con justificaciones claramente inadecuadas, no realiza ni un solo requerimiento para que se subsane la omisión».
De hecho, el juzgado admite las «irregularidades» en la justificación de los gastos, pero advierte del «concurso» de la propia empresa, que tenía a su «disposición» los justificantes de gastos del viaje de 2008 y «ni siquiera se molestó en requerir» los del viaje de 2007.
En cuanto a la entrega del dinero de la mencionada beca, se trataría de hechos «prescritos» y «no se acredita» suficientemente que Ponce ordenara el pago de esta partida, toda vez que en lo que al supuesto intento de cobro de comisiones ilegales, extremo investigado por el Juzgado de Instrucción número cinco con la propia imputación de Ponce, «no se considera suficientemente acreditado» que el demandante tomase parte en las conversaciones grabadas que sustentan el caso, si bien es «inexplicable» que la propia empresa no haya propuesto como pruebas otros recursos al margen de su declaración ante la Policía Nacional.
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