RRHH Digital. El Tribunal de Justicia de la UE (TUE) condenó hoy a España por no haber incorporado a su legislación nacional la norma comunitaria para facilitar la admisión y residencia de investigadores procedentes de países de fuera de la Unión. El plazo para trasponer esta directiva vencía el 12 de octubre de 2007.
España alegó en su defensa que el retraso se debía a la reestructuración de los departamentos ministeriales a raíz del cambio de legislatura. Pero el TUE recuerda que un Estado miembro no puede alegar disposiciones, prácticas o situaciones de su ordenamiento jurídico interno para justificar el incumplimiento de las obligaciones y plazos establecidos por una directiva.
En segundo lugar, las autoridades españoles afirmaron que la protección prevista por la norma ya tiene aplicación práctica puesto que las disposiciones nacionales en vigor en materia de extranjería e inmigración regulan ya la admisión de los nacionales de terceros países a efectos de investigación científica y contiene las mismas exigencias y producen los mismos efectos que los que se desprenden de dicha directiva.
Respecto a esta argumentación, el TUE estima que las disposiciones nacionales que invoca España no bastan manifiestamente para garantizar la adaptación completa de la directiva en cuestión.
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