27 de noviembre de 2024
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Economía espera que la transposición de la directiva de servicios permita crear 200.000 empleos

Economía espera que la transposición de la directiva de servicios permita crear 200.000 empleos

RRHH Digital. El Ministerio de Economía y Hacienda estima que la trasposición de la Directiva de Servicios se traduzca en un aumento del PIB en torno al 1,2% adicional y permita la creación de entre 150.000 y 200.000 empleos.

El Consejo de Ministros recibió este viernes un informe de la vicepresidenta segunda y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, sobre esta transposición, un proceso que está próximo a concluir. Este nuevo marco regulatorio supone nuevas formas de control de la actividad más eficaces y menos gravosas para ciudadanos y empresas.

«Su objetivo es crear un entorno más favorable y transparente para el desarrollo de las actividades de servicios a nivel comunitario», indica el Ejecutivo, que recuerda que el nuevo marco prevé la supresión de trabas y obstáculos que restringen injustificadamente o desproporcionadamente el acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, simplifica trámites y procedimientos, impulsa una ventanilla única para el acceso a la información y la tramitación electrónica, mejora la supervisión de los prestadores a través de la cooperación entre administraciones y refuerza la protección y los derechos de los consumidores.

La transposición normativa, a nivel de la Administración General del Estado, se ha realizado a través de dos leyes: la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (‘Ley Paraguas’), y la Ley de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley anterior (‘Ley Ómnibus’), que supone la adaptación de 48 leyes.

El proceso incluye, asimismo, la reforma de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista y el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, ambas en estos momentos en el Senado.

La transposición se completa con la adecuación a estas leyes de la normativa reglamentaria. En concreto, 115 Reales Decretos y 17 Órdenes ministeriales deben ser adaptados. Estas modificaciones reglamentarias se van a realizar a través de 51 Reales Decretos. Cuatro de ellos ya han recibido luz verde del Consejo de Ministros en fechas recientes y el Ejecutivo ha aprobado otros tres. El resto completarán su tramitación en próximas semanas.

Por su parte, las comunidades autónomas van a modificar 185 leyes autonómicas, 477 decretos, 112 órdenes y 3 resoluciones. En cuanto al impacto municipal de las medidas adoptadas, también será necesaria la adecuación de las ordenanzas municipales referidas al sector servicios.

VENTANILLA ÚNICA

Dentro del plazo de transposición de la Directiva de Servicios, se ha puesto en marcha una «ventanilla única» virtual que proporciona a los consumidores y prestadores de servicios toda la información sobre los procedimientos y trámites necesarios para acceder o ejercer una actividad de servicios en España, así como la posibilidad de realizar estos trámites telemáticamente.

Así, cuando un prestador de servicios se plantee iniciar una actividad, no necesitará dirigirse a diversas administraciones para recabar toda la información necesaria, ni precisará desplazarse físicamente para realizar cada uno de los trámites exigidos.

A partir de ahora, dispondrá de toda la información a través de un único portal en Internet y se podrán realizar trámites de modo telemático. Asimismo, a través de la ventanilla única es posible consultar la normativa aplicable, conocer las asociaciones de consumidores y empresas existentes, obtener información sobre vías de recurso y solicitar ayuda telefónica o por correo electrónico.

Todo ello supondrá un fuerte estímulo al sector, del que se beneficiarán particularmente la pequeña y mediana empresa y los autónomos, quienes soportan unos costes de tramitación e información proporcionalmente mayores.

COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA EUROPEA

Por otro lado, gracias a la cooperación reforzada entre todas las administraciones públicas de todos los Estados miembros de la UE, cuando los prestadores establecidos en España se desplacen a otro país no será necesario que provean documentación o acrediten el cumplimiento de requisitos que ya satisfacen en España para el ejercicio de actividades de servicios.

Tampoco será necesario que presenten documentos originales, compulsados o traducciones juradas ante las autoridades competentes de otros Estados miembros, sino que serán éstas las que deberán comprobar la veracidad y el contenido de estos documentos a través de la red de cooperación administrativa que establece la Directiva.

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