Los 6,3 millones de madrileños con cartilla sanitaria podrán elegir en qué hospital de la Sanidad pública madrileña operarse gracias a la Ley de Libre Elección de Médico que se comenzará a aplicar en el primer semestre del año y que introduce también el área única sanitaria eliminando las once áreas existentes en la actualidad.
Gracias a la Ley de Libertad de Elección de Médico, los madrileños ya no dependerán de un hospital, sino que podrán elegir en qué centro operarse, así como el facultativo que quieren que les intervenga.
No obstante, en el caso de la atención especializada (hospitalaria), todos los actos relacionados con un mismo proceso clínico serán atendidos en el mismo hospital y, además, no será posible la elección simultánea de varios profesionales para el mismo proceso clínico.
Un hecho discutido en el trámite de elaboración de la ley ha sido su propio objeto, ya que los populares defienden que gracias a este nuevo texto los madrileños también podrán elegir médico, pediatra y enfermero de Atención Primaria. En este punto el conflicto ha llegado de boca de la oposición, así como de asociaciones de profesionales y vecinos, que defienden que la libertad de elección de médico ya estaba contemplada en la legislación española, como prevé la Ley General de Sanidad.
En todo caso, el texto deja claros los preceptos que marcan los límites de la libertad de elección. En primer lugar, destaca que este derecho será individual para cada miembro de la unidad familiar y que en los casos de menores no emancipados o incapacitados, serán sus padres, tutores o representantes legales los que elijan el facultativo para los menores.
Asimismo, expone que la elección se llevará a cabo «sin necesidad de justificación alguna» y que cuando no haya elección expresa de profesional, hasta que se produzca, será la administración sanitaria la que procederá a la asignación previa de médico, pediatra o enfermero de Primaria.
La norma señala también que, de manera excepcional, la elección podrá ser denegada «mediante resolución debidamente motivada, en los supuestos y por el órgano administrativo que se determine reglamentariamente» y que la denegación «sólo podrá tramitarse previa petición del profesional sanitario debidamente justificada».
ÁREA ÚNICA DE SALUD
La entrada en vigor de esta ley también introduce el área única sanitaria, hecho que ha sido criticado por sindicatos y profesionales por romper con la planificación sanitaria actual de la Comunidad, dividida en once áreas sanitarias con hospitales de referencia.
Las críticas surgidas a lo largo de estos meses prevén un caos organizativo y denuncian que la ley terminará con los cupos por área que aconseja la Organización Mundial de la Salud (OMS), que apuntan a máximo de 250.000 personas.
Esta medida, en palabras del consejero de Sanidad, Juan José Güemes, supondrá que la Comunidad de Madrid contará con una sola Junta de Personal compuesta por 75 representantes de los trabajadores y reducirá las horas de liberación sindical.
El consejero explicó que «es una situación muy distinta a la actual donde hay 1,4 horas de liberación sindical en la Comunidad madrileña que aproximadamente equivalen a cerca de mil liberados a tiempo completo y que hoy cuestan 30 millones de euros a los madrileños».
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