7 de noviembre de 2024
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El sindicato EA-Canarias reclama la prórroga de la jubilación anticipada ya que permite la renovación de plantillas

El sindicato EA-Canarias reclama la prórroga de la jubilación anticipada ya que permite la renovación de plantillas

El sindicato de Trabajadores de la Enseñanza Asamblearios de Canarias (EA-Canarias), ante la proximidad de la finalización del periodo transitorio que permite a toda persona funcionaria docente acogerse a la jubilación voluntaria anticipada, al cumplir las condiciones establecidas de tener 60 años y 15 años de servicio como mínimo, ha considerado este jueves que el Ministerio de Educación debe ampliar el plazo de solicitud para poder acceder a dicha jubilación contemplada en la Ley Orgánica de Educación (LOE) en su disposición transitoria segunda, y que está vigente hasta octubre de 2010.

Según informó en un comunicado el sindicato, desde 1991 se ha venido contemplando en la legislación educativa estatal la posibilidad de jubilación voluntaria anticipada para los funcionarios que cumplan 60 años y reúnan una serie de requisitos, la conocida como Jubilación LOGSE, la vigente LOE recogió un periodo transitorio que recoge esa posibilidad de jubilación que finalizará en octubre de 2010.

EA-Canarias defiende que se debe ampliar dicho plazo o establecer una legislación permanente al respecto, porque este régimen ha estado vigente desde 1991, y ha ido posibilitando la renovación de las plantillas. Además plantean que debe permitirse a todo el personal de los Cuerpos Docentes el poder seguir acogiéndose a ésta.

Por último, expone el sindicato que esta renovación de plantillas puede seguir beneficiando al sistema educativo.

EA-Canarias consideró de igual forma que se hace necesario contar con la ampliación del plazo para poder acogerse a la jubilación anticipada más allá del periodo transitorio, en tal sentido presentó por registro de entrada en el Ministerio de Educación de escrito solicitando la ampliación del citado plazo. Consideramos de justicia que por parte del Ministerio sea contemplada la prórroga indefinida de la jubilación voluntaria anticipada o bien la consolidación permanente de este derecho mediante la legislación oportuna para ello.

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