1 de noviembre de 2024
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CCOO y UGT se reúnen el miércoles con el Defensor del Pueblo para pedirle que impugne el Ley de Área única sanitaria

CCOO y UGT se reúnen el miércoles con el Defensor del Pueblo para pedirle que impugne el Ley de Área única sanitaria

La secretaria de Política Social de CCOO de Madrid, Ana González, y el secretario de Políticas Sectoriales de UGT de Madrid, Juan Luis Martín, se reunirán el próximo miércoles, 9 de diciembre, con el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, para pedirle la impugnación de la Ley de Libertad Elección en la Sanidad aprobada por el gobierno regional por cuanto incumple la Ley General de Sanidad, concretamente lo recogido en su Capitulo III, de las Áreas de Salud, artículos 56 a 69.

Los sindicatos reclaman que se restituya «la seguridad jurídica y la certidumbre del conjunto de la ciudadanía sobre un derecho constitucionalmente protegido como el de la salud» de los madrileños. En concreto, apuntan su disconformidad a la supresión de las 11 Áreas de Salud actuales creando, al tiempo, un Área de Salud Única en la que se deberán integrar los más de 6 millones de madrileños, para recibir las prestaciones sanitarias cuando así lo necesiten.

A juicio de la UGT y CCOO de Madrid, una modificación de esta radicalidad en la organización del Servicio Madrileño de Salud tendrá importantes efectos negativos sobre el sistema sanitario, la calidad, eficacia e igualdad, que permanentemente debe ofrecerse en el momento de la asistencia y en el seguimiento posterior hasta el alta médica, y además, tendrá los mismos efectos sobre la acción preventiva, tan importante en tantas ocasiones.

Los sindicatos argumentan que aunque «la salud es un bien constitucionalmente protegido», que desarrolla la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, «no sólo para hacer efectivo el derecho reconocido en el artículo 43 y concordantes de la Constitución, también para introducir garantías de igualdad efectiva en las prestaciones sanitarias, ahora puestas en riesgo».

La Ley General de Sanidad, en su Capitulo III, de las Áreas de Salud, artículos 56 a 69, de manera imperativa recoge la obligación de las Comunidades Autónomas de constituir en su territorio Áreas de Salud, con sometimiento a los principios de esta ley y fija los factores a tener en cuenta para delimitar las Áreas de Salud, así como los parámetros poblacionales que deben integrarlas -entre 200.000 y 250.000 habitantes- con la excepción de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, pero en todo caso un Área de Salud como mínimo por provincia.

Esto ultimo, en opinión de UGT y CCOO, debe interpretarse en los supuestos de que la provincia no alcance el parámetro poblacional mínimo de 200.000 habitantes, supuesto que no es el de la Comunidad de Madrid.

«No se trata solo de una inquietud de CCOO y UGT. Un importante número de organizaciones científicas, profesionales, vecinales y sociales han rechazado el proyecto de Ley de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid y explícitamente la creación de un Área de Salud Única», apuntan los sindicatos.

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