4 de noviembre de 2024
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En cinco años se han realizado menos de 2.000 contratos bonificados a mujeres víctimas de violencia de género

En cinco años se han realizado menos de 2.000 contratos bonificados a mujeres víctimas de violencia de género

RRHH Digital. UGT denuncia la limitada repercusión de las medidas para el fomento del empleo de las mujeres víctimas de violencia de género y demanda la evaluación de su aplicación así como mayor difusión de las medidas para mejorar su funcionamiento. Según datos del II Informe del Observatorio Estatal de la Violencia sobre la mujer, desde el 1 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2008, se han registrado un total de 1.958 contratos bonificados a mujeres víctimas de violencia de género.

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se han aprobado diversos instrumentos de implementación de la misma y se han realizado los correspondientes informes de evaluación de las medidas en ellos contenidas. Esta ley es un marco general destinado a ofrecer una respuesta integral a la víctima y combatir una lacra que una sociedad democrática como la actual no se puede permitir, sin embargo no resulta fácil resolver una problemática de carácter estructural mediante una Ley.

Para UGT esta Ley ha supuesto un salto cualitativo en la lucha contra la violencia de género en nuestro país, sin embargo, debe ser evaluada y reforzada en el futuro. Queda mucho camino por recorrer y cuestiones que mejorar, pero se ha realizado un esfuerzo sin precedentes por parte de las administraciones, las instituciones y la sociedad civil.

La subcomisión del Congreso creada para analizar el cumplimiento y desarrollo de la norma ha resaltado la necesidad de combatir la violencia de género desde la promoción transversal de la igualdad y en el ámbito de manifestaciones como el acoso laboral, la agresión sexual y la violencia económica entre otras cuestiones. Ha destacado la importancia de la coordinación de las Comunidades Autónomas para actuar de forma unificada y aprovechar los recursos existentes a favor de la protección y atención a las víctimas.

UGT, que ha intervenido en esta subcomisión, valora que ésta haya tenido en cuenta aportaciones propias como:

-La necesidad de evaluar la aplicación del programa específico de inserción socio-laboral prevista en la Ley, cuya aprobación se produjo en 2008, para conocer el impacto de las medidas contempladas a favor de las víctimas como los contratos de sustitución, bonificación, o la suspensión del contrato con derecho a la prestación contributiva;

-La propuesta de firmar protocolos, acuerdos o convenios entre la Administración, las centrales sindicales y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Fiscalía general del Estado, para que deriven a las mujeres a las organizaciones sindicales con el fin de que se les preste la información sobre sus derechos laborales. En este sentido, se sugiere que la situación laboral de la mujer se recoja en la orden de protección.

-Se ha destacado el escaso número de mujeres que han solicitado una suspensión o extinción de contrato, así como la limitada repercusión de las medidas para el fomento del empleo que recoge el artículo 21 de la LO 1/2004 (según Informe de Valoración de la Ley a los tres años de su vigencia: 120 contratos) y se propone una mayor difusión de las medidas, así como la evaluación de su aplicación para mejorar su funcionamiento.

UGT valora la importancia del impulso que la subcomisión da a implementar las medidas que contempla la Ley en los convenios colectivos, mejorando las estadísticas e indicadores correspondientes, así como la coordinación entre patronal, sindicatos y empresas, junto a las administraciones correspondientes, para llevar a la víctima la adecuada información sobre sus derechos. Se recomienda asimismo incrementar la información a las empresas y a las víctimas de violencia de género de las medidas para fomentar el empleo recogidas en la citada legislación.

Según datos del II Informe del Observatorio Estatal de la Violencia sobre la mujer, desde el 1 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2008, se han registrado un total de 1958 contratos bonificados a mujeres víctimas de violencia; el 28,2 % tenían carácter indefinido y el 72,8 5 tenían carácter temporal. Desde 2003 a 2006 se ha producido un incremento continuado en el número de contratos registrados (tanto indefinidos como temporales), pero las cifras han decrecido desde 2007.

Analizando las edades de las trabajadoras con contratos bonificados, se pone de manifiesto que las mujeres entre 21 y 50 años representan casi la totalidad de este tipo de contratos (93,1 %) y dentro de este conjunto el grupo mayoritario, es el de las mujeres entre 31 y 40 años, que representan un 42,5 % del total.

Según el nivel de estudios, de las mujeres que se han beneficiado de este tipo de contratos, un 83,9% ha cursado estudios secundarios.

Por lo que se refiere al tipo de empresas que han suscrito este tipo de contratos, se aprecia que las grandes empresas son las que aparentemente efectúan menos contratos con este tipo de bonificación. Son las pequeñas empresas, de hasta 25 asalariados, las que agrupan más de la mitad de este tipo de contrataciones el 56,1%, y dentro de estas las empresas con menos de 6 trabajadores representan un 30,9 por ciento. El mayor número de contratos suscritos con mujeres víctimas de la violencia, se registran en el sector servicios, un 88,6 % del total.

El porcentaje correspondiente a actividades de dirección es insignificante (0,4 %) y una clara minoría corresponde a las “técnicas profesionales” (3,5%). No obstante las proporciones de empleos “no cualificados” y empleos correspondientes a “trabajadoras cualificadas” son las más elevadas y similares entre sí (41,7 %) y (39,0 %). En cuanto a los contratos de sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género. Desde 2005 a 2008, la cifra total ha sido de 268. La mayoría de las veces, las trabajadoras víctimas de violencia de género son sustituidas por mujeres.

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