La sección sindical de CCOO en Artenius San Roque (Cádiz) anunció que la empresa entregó ayer la comunicación de interposición de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que afecta «a la totalidad de la plantilla» –94 trabajadores–.
Según explicó en un comunicado el presidente del comité de empresa, Jorge Manuel Cañada, alrededor de las 16,30 horas de ayer recibieron la comunicación, especificando que «se deja al comité de empresa al margen en la negociación, designando para ello la propia empresa a los sindicatos UGT y CCOO para el diálogo».
A su juicio, esto es «absolutamente ilegal», puesto que los interlocutores «legítimos» son los representantes del comité de empresa. Del mismo modo, señaló que la Ley establece que las secciones sindicales deben contar en los centros de trabajo con 250 trabajadores, 150 en su colectivo concreto, aunque «tampoco cumplimos ese requisito». Por ello, anunció que ya están trabajando para «interponer todas las acciones legales pertinentes».
Por todo ello, solicitó a la Junta de Andalucía que «rechace» un Expediente de Regulación de Empleo «con este tipo de ilegalidades» en el que «se pretende dejar de lado a la representación legítima de los trabajadores».
PERIODO DE CONSULTAS POR DESPIDO COLECTIVO
Según la documentación a la que tuvo acceso Europa Press, Artenius comunicó a la Delegación Provincial de Empleo de la Junta en Cádiz que se ha procedido a inicia el periodo de consultas con la representación legal de los trabajadores en materia de ERE por despido colectivo.
Asimismo, Europa Press tuvo acceso al escrito dirigido por la empresa a los representantes sindicales de CCOO y UGT en el que les comunica que «con motivo de la grave situación por la que atraviesa la empresa» se ha tomado la decisión de tramitar ERE «para la extinción de la relación laboral de los 94 trabajadores adscritos al centro de trabajo de Artenius San Roque S.A.».
También informa del inicio, con fecha de ayer, del periodo de consultas a fin de negociar «las condiciones de las medidas adoptadas y pretendidas», solicitando a los interlocutores el comienzo de estos trabajos relativos al citado derecho de consultas.
CONDICIONES
Artenius señaló que los trabajos de discusión y negociación deben tener en cuenta unos elementos que calificó de «determinantes». En este sentido, argumentó que existe una «imposibilidad técnica de negociar con distintas representaciones de los trabajadores».
Ante una «dualidad» entre «representación unitaria» y «representación sindical» en el seno de la empresa, es «a la dirección, como actor del procedimiento y al que le corresponde la iniciativa procedimental, el designar interlocutor válido y legalmente establecido».
El objetivo de esta designación, dijo, es «iniciar los trabajos de consultas y negociación» y «asegurar la presencia de todas las voces y sentir de los trabajadores y que no se silencie a ninguno de los sindicatos y/o secciones sindicales presentes en nuestra empresa».
Por último, indicó a los trabajadores que, simultáneamente, la empresa solicita la iniciación del ERE ante la autoridad laboral y la autoridad laboral y la autorización para proceder al despido colectivo. Asimismo, convocó a los representantes sindicales a una reunión que tendrá lugar el próximo día 21 para tratar el asunto.
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