1 de noviembre de 2024
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CMAC acogerá el martes el acto de conciliación entre el Ayuntamiento de Marbella y Roca por su despido

CMAC acogerá el martes el acto de conciliación entre el Ayuntamiento de Marbella y Roca por su despido

El acto de conciliación entre el Ayuntamiento de Marbella (Málaga) y el ex asesor municipal de Urbanismo y presunto cerebro del caso ‘Malaya’, Juan Antonio Roca, en relación a su despido se celebrará el próximo martes en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC) de la Junta de Andalucía en Málaga.

Roca presentó el pasado 27 de agosto un escrito de papeleta de demanda, dirigido a dicho Servicio de Mediación, en el que solicitaba la convocatoria de un acto de conciliación al considerar que la extinción de su contrato de trabajo en la institución local resulta «improcedente».

Por esto, pidió en el documento, al que tuvo acceso Europa Press, «la readmisión o, en su caso, la indemnización en la cuantía fijada para el despido improcedente y en todo caso, el abono de los salarios de tramitación devengados».

En el citado escrito, Roca alega que trabajó con la categoría profesional de director administrativo, con una antigüedad en la empresa demandada desde el 22 de abril de 1992, «percibiendo en la actualidad un salario mensual de 9.066,83 euros, con inclusión de prorratas de pagas extras y con centro de trabajo en la Gerencia de Obras del Ayuntamiento de Marbella».

Así, solicitó la celebración de un acto de conciliación, previa a la vía jurisdiccional sobre despido, frente al Consistorio de esta localidad malagueña y la empresa municipal Gerencia de Obras y Servicios Marbella S.L.

Por su parte, el Ayuntamiento recibió el pasado 3 de septiembre, una citación del CEMAC, a la que tuvo acceso Europa Press, que fue presentada en registro de entrada, para que asistiera «al obligado acto de conciliación», en calidad de demandado.

Fuentes del Consistorio marbellí descartaron, en declaraciones a Europa Press, la posibilidad de avenencia entre ambas parte, ya que sostienen que no es improcedente.

DESPIDO

El Ayuntamiento despidió a Roca el pasado 24 de agosto por comisión de una «falta muy grave» consistente en «faltas repetidas e injustificadas a su puesto de trabajo» en el Organismo Autónomo Local Servicios Operativos de Marbella, desde el 31 de marzo de 2006 a la actualidad.

Hasta el pasado 24 de agosto, su contrato de trabajo se encontraba en situación de suspensión provisional, ya que el ex asesor de Urbanismo está en prisión desde marzo de 2006, cuando fue detenido por el caso ‘Malaya’.

La resolución hace referencia en los hechos probados a que Roca fue condenado como autor de dos delitos de tráfico de influencias a la pena de nueve meses de prisión por «prevalerse de sus relaciones personales con el ex alcalde de esta localidad, Jesús Gil y mediante su mediación, favorecer económicamente a los promotores que luego constituyeron Belmosa, S.A. al conseguir que dicha autoridad municipal diese el visto bueno a la operación urbanística proyectada».

Esta sentencia, dictada por un juzgado de lo Penal de la capital malagueña, también condenaba al ex asesor de Urbanismo del Consistorio de Marbella a abonar una multa de 2.404.048,42 euros y cinco años de inhabilitación especial para el cargo de gerente de urbanismo en las entidades locales.

La referida sentencia tenía carácter firme, por lo que «una vez recaída», el contrato «deja de tener el carácter de causa de suspensión provisional para configurar causa de despido disciplinario por faltas injustificadas al puesto de trabajo», según se señala en el citado documento.

Por su parte, el abogado de Roca presentó alegaciones el pasado 4 de agosto, solicitando el archivo de este expediente sin declaración de responsabilidad para su representado, al considerar que Roca, al estar en prisión preventiva, tenía su contrato de trabajo en suspenso hasta que recayese sentencia firme y ejecutoria.

Sin embargo, el Ayuntamiento marbellí sostuvo en el documento resolutivo que queda acreditado en los autos 513/04, cuyo contenido no se especifica, que ya recayó sentencia con carácter firme respecto al acusado, «por lo cual ha de ceder la alegación formulada por el interesado».

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