RRHH Digital. El 10 de julio, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó sentencia favorable a la extinta Federación de Comunicación y Transporte de CCOO, hoy Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, sobre el conflicto colectivo planteado por la revisión salarial de la plantilla de Onda Cero.
La empresa, Uniprex SAU, anunció en enero a la plantilla, de aproximadamente 600 personas, que para 2009 iban a subir los salarios un 1,4%, puesto que en el 2008 subieron un 2%, que fue la previsión de IPC, y finalmente el IPC real resultó ser de 1,4%. Por tanto, entendían que había “un exceso del pago del 0,6%”, y lo querían regular con la subida para 2009.
El Comité Intercentros de Onda Cero se opuso a esta medida de la empresa por considerarla ilegal, como posteriormente lo ha demostrado otra sentencia sobre Sogecable por motivos similares y también resuelta favorablemente a CCOO.
Por un lado, la sentencia plantea que en el Convenio colectivo “el artículo dispone la regularización de las tablas salariales cuando existe diferencia a favor de los trabajadores pero ésta no procede cuando, como ocurre en este caso, el IPC real es inferior al previsto.” Por tanto, no se podría descontar esa diferencia entre el IPC previsto y el real en 2008, ni tampoco se podría aprovechar ese 0,6% del 2008 para el incremento salarial de 2009.
Por otro lado, ante la afirmación por parte de la empresa de que el Gobierno no ha hecho una previsión de IPC para el año 2009, la sentencia reconoce que es cierto que el Gobierno no la ha hecho pública “formal y solemnemente”, pero tampoco la hizo en los años 2002 y 2008. En este sentido, la Audiencia expresa que “lo importante, para la resolución de este conflicto, no es si el Gobierno determinó formalmente el IPC para 2009, lo que hizo efectivamente, aunque no de modo solemne y formal, al igual que en los años precedentes, sino como herramienta para determinar legalmente la revalorización de las pensiones, como no podría ser de otro modo, puesto que, si no lo hubiera hecho así, habría incumplido los mandatos legales ya citados […]”
En definitiva, la Audiencia Nacional vuelve a desmontar los argumentos de algunas empresas, que afirman que no hay una previsión de IPC para 2009 y así no cumplir las cláusulas de revisión salarial ligadas a la previsión de IPC de muchos convenios colectivos.
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