Los representantes sindicales de Avanzit y la empresa han acordado un expediente de regulación de empleo (ERE) de suspensión de los contratos con bajas temporales con una duración de entre dos y ocho meses.
El secretario de Acción Sindical de la Federación de Construcción, Madera y Afines del sindicato (Fecoma-CCOO), José Luis López, explicó ayer en declaraciones a Servimedia que, aunque el acuerdo dice que el ERE está abierto a toda la plantilla, en el futuro se estudiará qué porcentaje se ve realmente afectada por él.
La suspensión de empleos se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2010 y diferenciará entre aquellos que se acojan voluntariamente al ERE, para los que la baja tendrá una duración de entre cuatro y ocho meses; y aquellos que se vean afectados de forma forzosa, para los que la duración será de un máximo de dos meses.
En la actualidad, la plantilla de la compañía está formada por 860 empleados, que deberán decidir en las asambleas de trabajadores que se celebrarán entre los días 26 y 30 de junio si ratifican el preacuerdo.
López apuntó que hay una parte de los trabajadores que por «cuestiones estratégicas» no podrán entrar dentro del ERE, para lo que se creará una comisión de seguimiento que vigile las condiciones de los trabajadores que causen baja temporal.
Además, el preacuerdo especifica que el ERE no podrá afectar a actividades estructurales e impide que los puestos de trabajo que estén en suspensión se cubran con personas contratadas fuera de la empresa.
Los representantes sindicales y la empresa también acordaron estudiar la posibilidad de aceptar prejubilaciones de trabajadores a partir de los 57 años, una medida que se negociará a partir de diciembre de 2010 y dependerá de la situación financiera de la compañía.
Los trabajadores que se adscriban de forma voluntaria al expediente recibirán el 95% del salario regulador neto y el 100% de las pagas extraordinarias. Mientras, los forzosos mantendrán el 90% del sueldo, la totalidad de las pagas extras y generarán derecho de vacaciones.
Asimismo, los periodos en que los contratos permanezcan suspendidos debido al ERE se tendrán en cuenta a los efectos del cómputo de la antigüedad de los trabajadores.
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