Los sindicatos USO-ATMA, UGT, Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) y Asociación Española de Técnicos de Mantenimiento de Aeronaves (Asetma) en Air Nostrum se opondrán a que el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) presentado por la aerolínea el pasado 11 de junio ante la Dirección General de Trabajo –dependiente de la Generalitat–, y que podría afectar a 507 trabajadores, sea tramitado por la administración autonómica.
Según informó en un comunicado UGT, los sindicatos presentes en la mesa de negociación del expediente –aunque Sepla y Asetma con voz pero sin voto por haber sido invitados por el resto de organizaciones–, comprobaron que «el volumen de plantilla que presta servicios en la Comunitat Valenciana, no es al menos del 85 por ciento, tal y como afirma la empresa».
Por ello, los sindicatos USO-ATMA y UGT presentaron el pasado martes un escrito ante la Dirección General de Trabajo, en Madrid, al que Sepla «se adherirá en los próximos días», en el que solicitan «la competencia de dicho organismo para instruir y resolver el Expediente de Regulación de Empleo presentado por la empresa Air Nostrum».
Sobre esta cuestión, recordaron que, según el Real Decreto de 1985 por el que se transfieren competencias en materia de ERE al Gobierno valenciano, si la empresa que solicita el ERE tiene centros de trabajo en distintas comunidades autónomas, éste podrá tramitarse en la comunidad autónoma en la que esté ubicada «al menos el 85 por ciento de la plantilla».
Los sindicatos apuntaron que «ese ha sido el argumento legal esgrimido por la empresa para presentar y pretender que el ERE se tramite y resuelva por la Dirección General de Trabajo de la Generalitat valenciana», aunque «de acuerdo con los datos facilitados por la empresa, el número de trabajadores que prestan sus servicios para Air Nostrum en la Comunidad Valenciana no alcanza el umbral exigido por la normativa referida», recalcaron las mismas fuentes.
Esta «maniobra», en opinión de la representación social de la plantilla, «revela el interés de la empresa de que sea la Dirección de Trabajo de la Generalitat valenciana y no la Dirección General de Trabajo, el organismo que determine si existen las causas técnicas, organizativas y de producción que justifiquen la extinción de 507 contratos de trabajo en la empresa».
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