Los portavoces de los grupos parlamentarios en la Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados han acordado ampliar una semana más, hasta el 30 de junio, el plazo de presentación de enmiendas al proyecto de ley de medidas urgentes para el fomento del empleo, que entró en la Cámara el pasado 26 de marzo, según informaron a Europa Press fuentes parlamentarias.
La norma deriva del decreto ley aprobado por el Gobierno en marzo, y cuya tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia se vio obligado a aceptar el PSOE para evitar una derrota en Pleno, con el compromiso de que se respetara lo «sustancial» del texto inicial.
Sin embargo, a instancias del PSOE, la Mesa de la Comisión de Trabajo e Inmigración acordó abrir una ronda de comparecencias de las principales patronales y sindicatos, así como a organizaciones de trabajadores autónomos, expertos jurídicos y asociaciones de empresas de trabajo temporal (ETT), e incluso a los fabricantes de automóviles.
Por este motivo, los portavoces de Trabajo de los grupos parlamentarios alcanzaron un acuerdo para retrasar la presentación de enmiendas al proyecto hasta el próximo martes, 23 de junio, fecha que ahora se verá ampliada en una semana más, ya que estas comparecencias todavía no han concluido.
Sin embargo, cabe destacar que otro decreto ley del Gobierno que se convirtió en proyecto de ley, el relativo a las medidas urgentes en materia de medidas urgentes en materia de telecomunicaciones que permite las fusiones entre televisiones, aprobado el 12 de marzo, finalizará su tramitación parlamentaria este próximo jueves, 25 de junio.
REPOSICÓN DE LAS PRESTACIONES POR DESEMPLEO.
Entre las medidas que recoge el proyecto de ley, se encuentra la autorización a los empleados afectados por un ERE temporal a que trabajen en otra actividad mientras se resuelve su situación. Asimismo, podrán recuperar sus prestaciones por desempleo consumidas con un límite máximo de 120 días.
También incluye la posibilidad de que las empresas «viables» puedan fraccionar o aplazar el pago de las cuotas a la Seguridad Social para poder seguir desarrollando su actividad. Además, la empresa que contrate a parados podrá bonificarse del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social, mientras que si la contratación es de personas afectadas por un ERE, la bonificación será del 50%.
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