RRHH Digital. La Secretaría confederal de Acción Sindical de CCOO manifiesta su rechazo a la irresponsable actitud de algunas patronales y empresas que cuestionan la existencia de un objetivo oficial de inflación y el dígito del 2% como referencia del mismo, que está teniendo consecuencias muy negativas para las relaciones laborales y sometiendo a la negociación colectiva a una tensión innecesaria en momentos en que la situación económica y del empleo necesita del diálogo entre las partes directamente afectadas para encontrar soluciones de consenso a los graves problemas que aquejan a empresas y trabajadores.
La dificultad de la actual coyuntura económica es evidente y, para la búsqueda de soluciones, no ayudan quienes fomentan la vulneración unilateral de los compromisos adquiridos y la ruptura de las reglas de la negociación salarial acordadas por las organizaciones empresariales y sindicales. Estas reglas han sido aplicadas sin obstáculos durante muchos años, tanto en periodos de bonanza económica como en otros con mayores dificultades y los siguen aplicando, ahora, aquellas patronales y empresas que entienden que las normas laborales (y los convenios colectivos lo son) no son un obstáculo en las relaciones laborales y que el diálogo y la negociación son una oportunidad para afrontar, con mayores garantías de éxito, los problemas derivados de los cambios en la situación de las empresas.
CCOO lamenta que haya que recurrir a las instancias judiciales para defender la validez de los compromisos de la negociación colectiva cuando fracasa la interlocución y las instancias de resolución extrajudicial de conflictos, como es el caso de las demandas sindicales interpuestas contra organizaciones empresariales sectoriales o de empresas que incumplen lo pactado en los convenios de aplicación.
En relación a estas demandas, se acaba de conocer la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en el conflicto colectivo interpuesto por COMFIA-CCOO y otros sindicatos, contra la Asociación de Contact Center Española (Telemarketing) y en ella se estima el criterio de que la “previsión de inflación” existe, al contrario de lo sostenido por la patronal demandada, y que se cifra en el 2 por ciento que figura en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009. Esta sentencia continua la línea argumental de la dictada por el mismo Tribunal el pasado 21 de mayo, en la demanda interpuesta por la Federación de Comunicación y Transportes, de CCOO, y el Comité Intercentros contra la empresa SOGECABLE.
CCOO denuncia también el bloqueo de las negociaciones de convenios para 2009 que se está produciendo por la oposición de ciertas patronales que niegan la existencia de la previsión oficial de inflación o que sitúan ésta en el 1% en lugar del 2% por lo que reclama a estas organizaciones empresariales que retomen la senda de la negociación y les insta a defender sus posiciones sin empecinarse en negar lo incuestionable.
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