La Consellería de Traballo recordó el viernes a los empleados que tengan que desarrollar su actividad profesional mañana domingo 1 de marzo, día de las Elecciones al Parlamento gallego, que disponen de permisos retribuidos para poder ejercer su derecho al voto.
Los empleados que tengan un horario que no coincida con la apertura de las mesas electorales o que encaje con un periodo inferior a dos horas, no tendrán derecho a permiso retribuido, mientras que en el caso de que el horario de trabajo se ajuste al de votación en más de dos horas y menos de cuatro, los empleados dispondrán de dos horas retribuidas.
En el caso de que el horario laboral y el de las mesas coincida en cuatro o más horas y menos de seis, los trabajadores dispondrán de un permiso de tres horas, mientras que si los horarios coinciden en más de seis horas, el permiso para ejercer el derecho al voto será de cuatro horas.
Además, los trabajadores por cuenta ajena que no se encuentren en la localidad donde les corresponda votar, dispondrán, en su horario laboral, de hasta cuatro horas libres para poder votar.
En caso de que un trabajador por cuenta ajena sea nombrado presidente o vocal de una mesa electoral, el día de la votación dispondrá de un permiso retribuido de jornada completa, si ese día no fuese una jornada de descanso semanal. Además, tendrá derecho a una reducción de su jornada laboral de 5 horas el día inmediatamente posterior.
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