La patronal del metal Confemetal quiere que los convenios colectivos incluyan la posibilidad de que los trabajadores devuelvan a la empresa parte de sus salarios cuando la inflación sea menor al porcentaje a partir del cual se aplica la cláusula de revisión salarial.
Actualmente, la mayoría de los convenios colectivos solo establecen la posibilidad contraria, es decir, que sea la empresa la que compense a los trabajadores de la pérdida de poder adquisitivo que se produce en caso de que la inflación real supere ese porcentaje.
Por ello, Confemetal pide un cambio en la forma de calcular el incremento salarial, ‘cifrándolo en un porcentaje y no en el IPC’ -sin entrar en más detalles, que quedarían sujetos a la negociación- y que, como ya ocurre en los convenios de Navarra y Sevilla, se incluya la cláusula que permita a las empresas regularizar a la baja tanto los salarios como el resto de los pluses.
En opinión de los empresarios, si el IPC real es inferior al porcentaje a partir del cual entra en funcionamiento la cláusula de revisión salarial, se debería deducir la cantidad de los haberes de los trabajadores en un plazo de tiempo determinado dentro del año siguiente.
En el sector del metal solo hay que negociar este año el 25 por ciento de los convenios, ya que el 75 por ciento restante -que afecta a unos 7 millones de trabajadores- ya están firmados.
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