28 de abril de 2025

El Gobierno aprobará en el primer trimestre de 2009 el ‘bonus malus’ contra la siniestralidad

El Gobierno aprobará en el primer trimestre de 2009 el 'bonus malus' contra la siniestralidad

El subsecretario de Trabajo e Inmigración, Leandro González, anunció ayer en la Comisión de Trabajo del Congreso de los Diputados que en el primer trimestre de 2009 el Gobierno aprobará el Real Decreto por el que se aplicarán las reducciones conocidas como ‘bonus malus’ en las cotizaciones sociales a las empresas con bajos índices de siniestralidad.

González hizo este anuncio en respuesta a una pregunta del portavoz de CiU en la Comisión, Carles Campuzano, quien se felicitó por la introducción de este sistema que la federación nacionalista ha venido reclamando "reiteradamente" desde tiempo atrás.

González ha adelantado algunas de las pautas ya recogidas en un borrador del citado Real Decreto, entra las que destaca que el sistema se financie con cargo del 15% al 80% del exceso de los excedentes anuales obtenidos por cada una de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Asimismo, podrán ser beneficiarios del sistema que se regula en este Real Decreto las empresas asociadas a las mutuas que lo soliciten y reúnan algunos requisitos como, entre otros, haber cotizado a la Seguridad Social durante el período de observación con un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000 euros.

Se considerará como período de observación el número de ejercicios naturales consecutivos o inmediatamente anteriores al de la solicitud necesarios para alcanzar el indicado volumen de cotización, con un máximo de cinco ejercicios. También se tendrá en cuenta la acreditación de la disminución del número de trabajadores expuestos a riesgos de enfermedad profesional, en relación con el número total de trabajadores de la empresa o centro de trabajo.

PALZO HASTA EL 30 DE ABRIL

Las empresas dispondrán hasta el día 30 de abril de cada año su solicitud de aplicación del ‘bonus malus’ en la mutua a la que estén asociados, que verificará la concurrencia de los requisitos y estimará o desestimará la solicitud formulada antes del día 30 de octubre. En caso de ser estimada, la mutua procederá al abono del incentivo correspondiente en el mes de noviembre.

En el caso de las pequeñas empresas, aquellas asociadas a las mutuas que hayan tenido trabajadores en alta durante un período ininterrumpido de cinco años sin haber alcanzado un volumen de cotizaciones por contingencias profesionales de 5.000 euros podrán acceder al citado incentivo siempre que su siniestralidad, incluidos los accidentes ‘in itinere’, haya sido nula durante dicho período.

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