El juzgado de lo social número 17 de Valencia ha dado la razón al sindicato CSIF y ha reconocido el derecho de los 1.200 trabajadores del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia a acumular sus horas de lactancia, según informó la central sindical en un comunicado.
Según el sindicato, hasta la fecha, "la dirección del centro les obligaba a disponer sólo de una hora diaria hasta los nueve meses de edad del bebé, de modo que, según reconoce la sentencia, incumplía el Estatuto Básico del Empleado Público".
"La gerencia del Hospital imponía el convenio colectivo aprobado en 2006 que se limitaba a permitir la lactancia durante una hora diaria, con opción de dos medias horas a disfrutar al inicio y fin de la jornada laboral, hasta los nueve meses de edad, permiso que podrá ser disfrutado indistintamente por cualquier de los padres", señaló el CSIF, que añadió que, por tanto, "no reconocía lo dictado en una norma superior".
En esta línea, el sindicato subraya que la sentencia especifica que el Estatuto Básico del Empleado "completa el convenio" y, por tanto, "añade una hora de lactancia de un hijo menor de doce meses y la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente".
En este sentido, el titular del juzgado de lo social número 17 estima la demanda formulada por CSIF y declara "el derecho de los trabajadores del demandado Consorcio a sustituir el tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente".
La sección sindical de CSIF en el Consorcio añadió que el hospital "ha negado el derecho a la acumulación de horas de lactancia persiguiendo sólo su ahorro económico y perjudicando la conciliación laboral. Con su no reconocimiento del Estatuto Básico obligaba al trabajador a disponer sólo de una hora diaria, lo que suponía una carga de trabajo para los demás y repercutía en una menor calidad asistencial para los pacientes".
El sindicato estudia ahora reclamar al Hospital "que indemnice a las trabajadoras que en el último año, y antes de que se dictara la sentencia, no han podido ejercer el derecho a acumular sus días de lactancia".
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