El Tribunal de Arbitraje Laboral (TAL) logró mediaciones efectivas en el 80,9 por ciento de los procedimientos finalizados durante los nueve primeros meses del año en la Comunitat Valenciana. En concreto, en este periodo, de los 263 procedimientos presentados ante las diferentes secciones provinciales de este juzgado en la Comunitat Valenciana, un total de 213 finalizaron con mediaciones efectivas. El director general de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social, Román Ceballos, subrayó en un comunicado que "estos datos evidencian que el TAL se ha convertido en un instrumento útil en la solución de conflictos colectivos".
Al respecto, señaló que "desde el Consell siempre apostaremos y apoyaremos el diálogo y el consenso como la mejor fórmula para la solución de conflictos laborales, para llegar a acuerdos y, en definitiva, para seguir avanzando".
La mayoría de procedimientos presentados (93) se refirieron a cuestiones salariales, mientras que 55 se centraron en aspectos relativos a la jornada laboral o sobre el calendario vacacional. Además, 21 de los casos se referían a la negociación de convenios colectivos, 19 a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo y el resto a otros temas como derechos sociales, categoría profesional, organización del trabajo o seguridad y salud.
Por sectores de actividad, la metalurgia ha concentrado la mayor cantidad de procedimientos presentados este año, con 47, seguida del transporte terrestre (37), limpieza, ITV y seguridad (22), industria alimentaria y de bebidas (17), madera, corcho y cestería (13) y saneamiento público (13), entre otros.
La mayoría de los procedimientos fueron promovidos por organizaciones sindicales y representantes de los trabajadores. De esta forma, optaban por un trámite de solución no judicial de conflictos que tiene como objetivo que las partes enfrentadas alcancen un acuerdo satisfactorio para ambas a través del diálogo, la negociación y la labor de los mediadores de la Fundación TAL.
La mediación es sencilla, flexible y garantiza la audiencia de las partes en condiciones de igualdad. Además, se caracteriza por su inmediatez, puesto que, previa a la comunicación formal de una huelga, se cita a las partes en 72 horas para intentar lograr un acuerdo. En el caso del resto de conflictos colectivos, la citación se produce en un plazo máximo de 10 días.
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