El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que reconoció como accidente laboral la muerte de una reportera de la agencia Korpa cuando viajaba por carretera y consideró demostrada la vinculación laboral, por lo que la empresa deberá ahora indemnizar en 89.673 euros a su familia.
El Supremo ha rechazado el recurso de la empresa y ha confirmado en todos sus extremos la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que condenó a Korpa a pagar la máxima indemnización por la muerte de la joven reportera, pues consideró demostrada la relación laboral plena y que la empresa no adoptó medidas de prevención de riesgos laborales.
El abogado Carlos Crisóstomo, que representó a los padres en nombre del Sindicato de Periodistas de Andalucía, ha informado a Efe de que la empresa puede acudir ahora en amparo ante el Tribunal Constitucional, pero ello no impedirá la ejecución provisional de la sentencia, lo que permitirá que los padres cobren la indemnización.
Según Crisóstomo, el Supremo ha rechazado el recurso de Korpa por una cuestión formal, ya que debería haber presentado otra sentencia contradictoria, en la que en otro supuesto idéntico se llegase a resultados distintos.
Previamente, la Sala de lo Social del TSJA rechazó todos los motivos de recurso de la empresa e incluso dijo que le parecía escasa la indemnización de 89.673 euros acordados por un juez de lo Social sevillano a cambio de ‘la vida de una joven de 26 años, en las circunstancias concurrentes’.
La sentencia confirmó que fue un accidente laboral la muerte de Ana Belén García, una reportera que sufrió un accidente de tráfico el 20 de enero de 2005 cuando se dirigía desde Sevilla a Córdoba a cubrir un acto de los Príncipes de Asturias.
La empresa alegó que se trataba de una reportera ‘free-lance’, pero el TSJA dijo que existían ‘hasta 17 elementos configuradores de una verdadera relación laboral o propia del contrato de trabajo’, tales como órdenes de trabajo a diario, salario fijo, elección empresarial de las noticias a cubrir y tratamiento que debía darles, horarios determinados, credenciales o disponibilidad.
Previamente, el juez de lo Social 4 criticó en su sentencia la ‘explotación y precariedad más absoluta’ de los reporteros de la prensa rosa frente las ‘colaboraciones de lujo’ de los contertulios de esos programas.
El Sindicato de Periodistas de Andalucía, en un comunicado remitido a Efe, ha expresado su satisfacción por este auto del Supremo, que considera ‘un respaldo judicial a las numerosas denuncias que se vienen realizando sobre la situación de los periodistas, y en especial los que se ocupan a los temas del corazón’.
‘Desgraciadamente, lo ocurrido a Ana Belén García no supone una excepción, sino todo lo contrario, es la forma habitual en la que muchos profesionales de la comunicación desarrollan a diario su trabajo’, dice el sindicato.
Añade que estos reporteros cumplen ‘jornadas interminables, son obligados a hacerse autónomos, sin el reconocimiento expreso de la vinculación laboral, firman contratos en precario, y todo ello con sueldos de miseria’, una ‘realidad a la que se enfrentan más del 30 por ciento de los periodistas en España’.
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