11 de febrero de 2025
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El SUP denuncia a dos miembros de la cúpula policial por posibles delitos de prevaricación y contra la libertad sindical

El SUP denuncia a dos miembros de la cúpula policial por posibles delitos de prevaricación y contra la libertad sindical

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) ha presentado una denuncia contra dos miembros de la cúpula policial, en concreto el secretario general y el jefe de la División de Personal de la Dirección General de la Policía y Guardia Civil, por posibles delitos contra el ejercicio de la libertad sindical y de prevaricación de los funcionarios públicos.

El SUP denunció ayer ser víctima de una "persecución sindical sistemática" desde que se declarara, el pasado mes de junio, la situación de conflicto colectivo contra el Ministerio del Interior. Tal "praxis obstructiva" se fundamenta en que la División de Personal denegó conceder la exención de servicio a los agentes que, como delegados sindicales, debían representar y conformar el Congreso Constituyente de la Federación de Canarias, previsto para los días 7 y 10 de octubre.

Según el sindicato, la justificación que ofreció el secretario general de la División fue "pobre y peregrina" y resumió la motivación en "no considerar procedente" la autorización del permiso solicitado. Además de la suspensión del Congreso y la "frustración" de sus delegados, la negativa supone un "ataque inédito y de los más graves" contra el ejercicio de la libertad sindical en el seno del Cuerpo Nacional de Policía, según expuso el SUP.

A este respecto, la central defiende que la petición de la exención de servicio se fundamenta en el artículo 28 de la Constitución Española, en la Ley 11/1985 de Libertad Sindical, como uno de los derechos fundamentales de los funcionarios. Además, la Ley Orgánica de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad también otorga un número de horas mensuales a los representantes para que lleven a cabo sus funciones sindicales.

Es mas, la Circular número 29 de la propia Dirección General de la Policía también concede permisos a los representantes sindicales para que puedan participar en las reuniones de los órganos directivos de sus sindicatos, siempre que los encuentros no se prolonguen durante más de cuatro días.

Tras su exposición, el SUP valora como un "ataque frontal y deliberado" contra la actividad sindical la actuación de ambos miembros policiales, que puede ser constitutiva de "los presuntos delitos contra la libertad sindical y de prevaricación de los funcionarios", recogidos en el Código Penal.

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