La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se reunirá en Pleno el próximo martes para estudiar el recurso interpuesto por el Abogado del Estado contra una sentencia de la Audiencia Nacional de junio de 2005 que avaló el establecimiento de honorarios mínimos por parte de los colegios profesionales de abogados.
La citada sentencia anuló una multa de 180.000 euros impuesta en 2002 al Consejo General de la Abogacía (CGAE) por parte del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), que entendió que la fijación de los citados honorarios supuso una infracción legal. Según el Tribunal de la Competencia, la decisión de los colegios impide que los servicios se fijen libremente por negociación entre abogado y cliente.
El CGAE recurrió la sanción ante la Audiencia Nacional, que declaró que no era ajustada a derecho porque la fijación de honorarios mínimos por los colegios profesionales se enmarca en las funciones administrativas propias de los colegios profesionales, por lo que la conducta no podría ser sancionada ni prohibida por el TDC.
Añadía la Audiencia Nacional que el Estado se reserva la decisión última sobre las normas emanadas de las asociaciones profesionales, por lo que tales normas tienen carácter estatal y no están sometidas a las normas aplicables a las empresas.
Por tanto, la regulación de honorarios cuando se haga por normativa estatal -en este caso, el Estatuto de la Abogacía se aprueba por Real Decreto- "queda fuera del control del TDC, al no aplicarse el derecho propio de las empresas y agentes económicos que es el ámbito de aplicación de la Ley 16/1989 de Defensa de la Competencia".
Esta resolución fue recurrida ante el Tribunal Supremo tanto por la Administración del Estado como por el abogado murciano José Luis Mazón. El ponente de la resolución que será votada el día 21 será el magistrado Eduardo Espín Templado.
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