El Juzgado de Primera Instancia número 57 de Madrid ha desestimado las pruebas contra las compañías aéreas Iberia y Air Nostrum por un presunto caso de discriminación a tres jóvenes sordos. Los hechos ocurrieron en febrero de 2004, cuando un comandante de la compañía denegó el embarque a los tres jóvenes con discapacidad que querían volar de Melilla a Madrid.
La portavoz del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) y vicepresidenta de la Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE) Concepción Díaz, aseguró que "estamos hablando de Derechos Fundamentales, así que la jueza lo debe tener muy claro puesto que va a dictar sentencia sin haber escuchado a las partes". Díez ha recordado que "este juicio marcará un precedente y determinará si es lícito impedir la movilidad de un ciudadano simplemente por tener una discapacidad".
Por su parte, el asesor jurídico del CERMI, Oscar Moral, encargado de llevar la acusación, mostró el desacuerdo de ambas entidades ante la decisión del Juzgado de no escuchar a los verdaderos afectados. Esto significa que "no se celebrará juicio oral y en unos días se dictará sentencia".
En opinión de este abogado, que la jueza no haya admitido las pruebas testimoniales de los tres afectados ni del comandante que les impidió el embarque, indica "simplemente que al no haber controversia, porque ambas partes admiten lo ocurrido, no cabría sino un sentencia favorable para nosotros".
Hace 4 años Iberia Regional-Air Nostrum alegó motivos de seguridad al impedir la entrada en la nave ya que los jóvenes "necesitaban un tutor que los cuidara en el avión durante el trayecto."
En opinión de la vicepresidenta de CNSE "eran mayores de edad, sin embargo se les estaba diciendo: si eres sordo serás tratado eternamente como un niño".
El CERMI y la CNSE, además, entienden que a estos jóvenes se les denegó el embarque por el hecho de usar la lengua de signos española "¿acaso todos los pasajeros deben probar que saben español o inglés y que entienden perfectamente a la azafata?, la respuesta es no", sostiene Concepción Díaz.
Y añade "es indignante que a estas alturas se impida a alguien el acceso a un avión alegando falta de accesibilidad. Si un espacio no es accesible, la solución es reformarlo, no marginar a las personas".
Las entidades demandantes piden al Juzgado que condene a Iberia Regional Air Nostrum por discriminación por razón de discapacidad, a indemnizar con 1 euro a cada uno de los perjudicados y a que cese en lo sucesivo de incurrir en este tipo de comportamientos que atentan contra los Derechos Fundamentales de las personas.
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