El Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza considera, en una sentencia, que Caja Inmaculada (CAI) lleva a cabo "una práctica discriminatoria indirecta adversa en perjuicio del grupo de mujeres empleadas en materia de promoción por circunstancia de sexo". Fuentes de la entidad financiera indicaron que están en desacuerdo con la sentencia, que todavía no es firme, y que presentarán recurso.
El fallo, hecho público por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), indica la CAI "está creando a través de su libre designación una situación de desigualdad entre hombres y mujeres, vulnerando el derecho a la igualdad de oportunidades en la promoción profesional de su colectivo femenino, que se manifiesta en el muy desigual y desproporcionado acceso de la mujer a los niveles retributivos I a VI y en la preferencia manifiesta por el colectivo de hombres de dicha entidad".
En diciembre de 2007, la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Zaragoza levantó acta de infracción contra la entidad y propuso una sanción de 25.000 euros por considerar que los hechos incluidos en la misma eran constitutivos de una falta muy grave.
Después, la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Aragón, actuando de oficio presentó demanda en el juzgado contra la mencionada entidad bancaria, a raíz de la cual se celebró juicio oral el día 18 de junio de 2008.
Considera el juez en su sentencia que "existe una desproporción ostensible entre los porcentajes de acceso a cargos directivos en la empresa entre hombres y mujeres ingresados con la misma categoría y con la misma antigüedad, triplicando, como mínimo, el número de hombres al de mujeres que en la mismas condiciones han progresado a puestos directivos".
Por tratarse de una sentencia en la que se hace una declaración de derecho, el Juzgado no impone sanción alguna ya que esta sanción corresponde a la Inspección Provincial de Trabajo.
Los comentarios están cerrados.