El Ejecutivo regional ha aprobado un decreto por el que se modifica la regulación de las ayudas del Plan Integral de Empleo a la conciliación de la vida familiar y laboral y para la promoción de la actividad.
El nuevo decreto establece que el plazo para la solicitud de las ayudas será de un mes desde la fecha de publicación de la correspondiente Orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, y que el procedimiento de concesión de las subvenciones establecidas será el de concurrencia competitiva, excepto en algunos casos que serán por concesión directa.
Podrán ser beneficiarios de la subvención el empleador que tenga contratado al trabajador que realice las tareas del hogar, de modo exclusivo y permanente y a jornada completa, y el propio empleado de hogar, en el caso de que preste servicios a uno o varios cabezas de familia con carácter parcial o discontinuo.
La cuantía de la subvención cuando el beneficiario sea el empleador, estará determinada en función de la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el decreto, que podrá ser de 1.500, 1.200 u 800 euros, según la puntuación resultante del cómputo de número de miembros de la unidad familiar y su nivel de renta.
La cuantía de la subvención será de 1.200 euros por empleado de hogar que preste servicios con carácter parcial o discontinuo, y sólo será subvencionable un empleado de hogar por domicilio familiar.
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