El número de pleitos en los once juzgados de lo social de Sevilla se han disparado y los atascos por la acumulación de asuntos ya se han producido. A estas alturas del año 2008 se contabilizan en estos juzgados el número total de casos que tendrían que registrarse en todo un ejercicio según los módulos de carga de trabajo del Consejo General del Poder Judicial. A partir de ahora y hasta que termine este año todos los pleitos que lleguen a estos juzgados serán sobrecarga.
En la actualidad, algunos de los asuntos que tramitan los antiguos juzgados laborales, como por ejemplo las reclamaciones de cantidad o por incapacidades de los trabajadores, se tienen que señalar para la celebración del juicio a siete u ocho meses vista. El caso estrella en esta jurisdicción en época de crisis es el despido : Se acumulan por centenares y hay que resolver, según ley, en un plazo inferior a dos meses. .
Antes, en época de bonanza económica, el despido solía representar el 25 % de las demandas de un juzgado social según fuentes judiciales. Ahora ya se llega al 50 % y acapara, por tanto, la mitad del trabajo del juzgado de lo social, aunque también en la actualidad se han incrementado las demandas por impago de salarios o reclamaciones de cantidad. Los pleitos relacionados por jubilaciones, recargos, incapacidades y de la Seguridad Social constituyen la otra mitad del trabajo de estos juzgados. Los juzgados sociales de Sevilla como media ya llevan más de 700 asuntos registrados en este mes de julio, lo que deben de tramitar en todo un año, se calcula que llegarán a los 1.300 o 1.400 cuando acabe el año por cada juzgado. Se habrán registrado unos 15.000 asuntos nuevos en esta jurisdicción en Sevilla en el 2008, el doble que en el 2007.
Despidos masivos
Una de las novedades en los pleitos por despido en estos momentos negativos para la economía es que las demandas van acumuladas por varios trabajadores afectados cuando lo normal y habitual es que se presenten de forma individual por el despido puntual de un empleado. En este mes de julio se han celebrado por cada juzgado de lo social hasta 10 juicios a la semana por despido. Hace unos meses sólo eran seis como media, la cifra casi se ha duplicado en los últimos meses. Esto significa que semanalmente más de 100 vistas por despidos se están desarrollando en los 11 juzgados sociales ubicados en la sede de Viapol.
En la mayoría de los casos (70%) el juez le da la razón al trabajador y declara el despido improcedente. Muy pocas veces la empresa, que no suele ni comparecer en la causa, gana el pleito (en torno al 30%).
Otra novedad que se está produciendo en estas demandas laborales es la intervención de los administradores concursales en la empresas afectadas por las crisis, casos que pueden recaer finalmente en el juzgado mercantil. Existe por lo tanto en algunos casos, cuestión de competencia para saber si el asunto recae en un juzgado social o en el mercantil. No obstante, lo peor está por llegar a la jurisdicción social, sobre todo cuando finalice agosto y no se produzca el retorno de la actividad y muchas empresas aprovechen el verano para echar el cierre, según fuentes judiciales. Se esperan más demandas de despido a partir de septiembre y mayor conflictividad laboral que acabará en los tribunales.
Causas de despido
Los empresarios se agarran a la grave situación económica para despedir a los trabajadores pero en la mayoría de los casos se considera por el juez despido improcedente. Los sectores más afectados y que despiden a más empleados además de los conocidos de la construcción, inmobiliario o promotores, también son las gestorías, empresas de servicios, el comercio y hasta la hostelería que contabilizan el mayor número de demandas laborales.
Hay que motivar y explicar en todo momento con pruebas que la empresa lo ha hecho «bien» y no vale indicar en la carta de despido del trabajador simplemente «por las sabidas razones de crisis» o bien «por las conocidas razones económicas que se están produciendo» se despide al empleado… La empresa no suele acudir el día de la vista y en la mayoría de los casos (70%) son declarados improcedentes, sólo el resto en un 30 % se la da la razón al empresario. El Fondo de Garantía Salarial, Fogasa, es el que se hace cargo del pago a los trabajadores que han sido despedidos de forma improcedente. Si el empresario es insolvente, no paga, después de la sentencia judicial condenatoria entra en juego el Fogasa, el Fondo, dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración paga al trabajador parte del salario que no abonó el empresario.
Una vez que se han abonado las prestaciones, el Fogasa se subrogará obligatoriamente en los derechos y acciones de los trabajadores para proceder en reclamación y repetición frente a los empleadores que los adeudan.
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