La denuncias presentadas ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alicante están dirigidas de este modo contra la empresa SAT BONNY SA de Mutxamel, por ‘obligar a sus trabajadoras a sustituir el uniforme utilizado, compuesto de pantalón y camisa, por una bata totalmente incómoda que deja a la vista su ropa interior, y supone además un riesgo en materia de seguridad por atropamiento’.
Con esta medida, apunta la UGT-PV, se ‘vulnera la Ley de Igualdad Efectiva de mujeres y hombres en cuanto al principio de no discriminación por razón de sexo y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, al suponer la medida un posible riesgo para la seguridad de las trabajadoras’. La empresa SAT BONNY SA cuesta con una plantilla de 1.100 personas empleadas, de los cuales en el almacén de envasado un 90 por ciento son mujeres.
La UGT-PV considera que el cambio de uniforme impuesto en la empresa es una medida ‘totalmente sexista’, y denuncia que esta medida supone además ‘una vulneración’ de los preceptos establecidos en la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
Además, para la organización sindical esta situación supone una ‘discriminación directa’ de las trabajadoras susceptible de ser considerada la actitud de la empresa como una situación de ‘acoso por razón de sexo’.
Además, estima que la decisión empresarial ‘parece estar basada en el sexo de las personas empleadas y puede provocar un atentado contra la dignidad de las trabajadoras creando un entorno intimidatorio y ofensivo para las mismas tal y como esta quedando constatado’. PLAN DE IGUALDAD
Con esta actitud, apunta la UGT-PV, la empresa Bonnysa ‘demuestra una vez más que no está dispuesta a aplicar el principio de igualdad y no discriminación establecido en dicha Ley’, como ‘ya ha demostrado con su negativa a elaborar un Plan de Igualdad’, que la Ley establece como obligatorio para aquellas empresas de más de 250 trabajadoras y trabajadores, como es el caso de esta empresa.
La UGT-PV manifiesta que si la empresa hubiera negociado el Plan de Igualdad, como está obligada por Ley, no se habría producido una situación de discriminación como ésta, ya que dichos planes establecen medidas dirigidas a alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de la discriminación por razón de sexo en las empresas.
Entre otros aspectos, los Planes de Igualdad deben recoger medidas que faciliten el acceso al empleo de las mujeres en los sectores donde se encuentran infrarepresentadas, las que favorezcan la promoción profesional, la formación, así como medidas correctoras de la actual situación de discriminación salarial.
También deben abordar medidas que regulen la ordenación del tiempo de trabajo, para favorecer la conciliación laboral, personal y familiar de las trabajadoras y los trabajadores y con ello potenciar la corresponsabilidad, según recordaron las mismas fuentes.
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