CCOO denuncia que una trabajadora del sector de la construcción a la que se le ha reconocido, por parte de diversas instancias, como accidente de trabajo, el acoso y la lesión sufrida en un hombro tras ser agredida por su jefe, se encuentra con que la Mutua Fremap le deniega la baja por accidente. Esta negativa va en contra de una sentencia del TSJPV, de tres resoluciones del INSS de Bizkaia, de un informe de Inspección Médica de Osakidetza y de tres informes más de Inspección de Trabajo.
El TSJPV accidente de trabajo la incapacidad temporal iniciada en 2006 tras sufrir una agresión física y psíquica por causa laboral y que no la permite seguir prestando sus servicios. Sentencia basada en un procedimiento penal anterior por Juicio de Faltas resuelto en el Juzgado de Instrucción. Un mes más tarde, otra sentencia del Juzgado de lo Social reconoce la extinción de contrato al quedar probado el acoso mantenido durante un tiempo prolongado por el responsable de la empresa sobre la trabajadora. Dado que la empresa recurre la sentencia, esta empleada debe volver al centro de trabajo, donde sigue sufriendo el acoso y ante la negativa de la mutua de dar baja alguna por contingencia profesional, al igual que Osakidetza de dar una solución temporal hasta una próxima sentencia firme, solicita medida cautelar ante el juzgado, también pendiente de concesión.
La trabajadora sigue siendo víctima de un entorno hostil e intimidatorio por parte del empresario, con el objetivo final de que deje voluntariamente su trabajo. En las dos últimas semanas, la trabajadora sufre sendos ataques de ansiedad: uno en el centro de trabajo a donde debe acudir una unidad móvil medicalizada y tras acudir a la Mutua Fremap, que sólo le receta unos calmantes y de deniega la baja por accidente laboral. Sus siguientes visitas, acompañada por una asesora de CCOO a la Inspección Médica de Osakidetza y a la Mutua tampoco dan resultado.
CCOO denuncia que estas prácticas de derivar las contingencias profesionales a la Osakidetza supone realizar un fraude al INSS y considera exclusivamente a los empresarios como sus clientes. CCOO critica que resultado de la actitud de la mutua y la negativa a conceder baja por Osakidetza genera mayor desprotección al trabajaor enfermo, por o que demandamos que en dicho supuesto Osakidetza de la baja, comunicando inmediatamente al INSS, para cargárselo a la mutua y reclamar el derecho a decidir con qué mutua se contrata, al objeto de evitar la indefensión.
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