El 31% de los contratos laborales firmados entre enero y mayo de 2008, lo que supone un total de 165.000, tiene estímulos para la estabilidad, según un análisis elaborado por la Asociación de Grandes Empresas de Trabajo Temporal y el Centro de Predicción Económica de la Universidad Autónoma de Madrid (Ceprede).
En concreto, el informe señala que un 27% de los contratos está bonificado y que el otro 4% corresponde a contratos para el fomento de la contratación indefinida. Mientras, el 69% restante corresponde a contratos indefinidos ordinarios.
El plan extraordinario de bonificaciones a la conversión de empleo temporal en fijo, que permaneció en vigor desde mediados de 2006 hasta enero de 2007, consistía en que los contratos temporales suscritos con anterioridad al 1 de junio de 2006 que se transformaran en indefinidos recibirían bonificaciones anuales durante tres ejercicios.
Por su parte, el contrato para el fomento de la contratación indefinida permite una indemnización por despido improcedente inferior a la del contrato indefinido ordinario, con 33 días por año trabajado en lugar de 45.
Del análisis se desprende que las características de ambos tipos de contratos -las bonificaciones, en un caso, y la indemnización por despido de 33 días, en el otro- provocan una reducción de la temporalidad "en el horizonte inmediato".
Además, permiten prologar la estabilidad "vinculada a la bonificación" y generan un "efecto positivo" en los colectivos más desfavorecidos, como las mujeres, los mayores de 45, los jóvenes y los minusválidos, que tienen rebajas específicas.
El informe calcula que, por ejemplo, una compañía que suscribe un contrato indefinido bonificado con una mujer desempleada, que cuenta con un salario de entre 800 y 1.000 euros mensuales, logra un ahorro aproximado equivalente al sueldo de un mes de esa trabajadora.
No obstante, el estudio advierte de que la estabilidad no está asegurada a largo plazo y asegura que ésa es una variable que "depende más" de la formación continua y de futuros estímulos.
"PUNTO CRÍTICO" PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA BONIFICADA.
Respecto al "punto crítico" en el que a una empresa le puede dejar de interesar la modalidad de contratación indefinida bonificada frente a la ordinaria, el informe señala que es a partir del mes 49 desde que se inicia el contrato cuando las probabilidades de durabilidad de un trabajador con contrato bonificado se equiparan a las de aquel que tiene un contrato indefinido. Hasta ese momento, la cantidad que la compañía tenía que dotar para hacer frente al despido se cubría "prácticamente" con la bonificación de la cuota empresarial y los doce días menos por año trabajado de ahorro en la indemnización.
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