27 de noviembre de 2024
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Murcia se suma al Registro de Empresas Acreditadas en el Sector de la Construcción

Murcia se suma al Registro de Empresas Acreditadas en el Sector de la Construcción

El Consejo de Gobierno aprobó ayer un convenio de colaboración con el Ministerio de Trabajo e Inmigración para el funcionamiento del Registro de Empresas Acreditadas en el Sector de la Construcción. Este registro se deriva de las previsiones de la Ley 32/2006, que regula la subcontratación en la construcción y que debe ser gestionado, según esta norma, por la autoridad laboral de cada comunidad autónoma.
 
La finalidad del convenio es el establecimiento de las bases necesarias para la puesta en funcionamiento y la gestión posterior de los registros de empresas acreditadas en el sector de la construcción.

El real decreto que desarrolla esta ley del Estado establece, entre otras medidas, la obligación de crear el Registro de Empresas Acreditadas, que dependerá de la autoridad laboral competente correspondiente al territorio de la comunidad autónoma donde radique el domicilio social de la empresa contratista o subcontratista, y en el que deberán inscribirse todas las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en una obra de construcción antes del 26 de agosto de 2008.

Los Registros estarán intercomunicados mediante su integración en una base de datos diseñada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración y gestionada por las Comunidades Autónomas.

La aplicación informática permitirá que desde cualquier autoridad laboral autonómica se pueda conocer si una empresa está inscrita o no en cualquiera de los Registros existentes. Este objetivo se desarrollará a través de este convenio de colaboración para garantizar la adecuada interconexión de los registros de las distintas comunidades autónomas y la posibilidad de las mismas a la consulta de los datos desde el registro de cualquier autoridad laboral.

El texto del convenio regula las condiciones técnicas y jurídicas en que debe hacerse este proceso, así como las obligaciones y derechos de los operadores: mecanismos de acceso a los datos, perfiles informáticos, asistencia a los usuarios, protección de datos y mecanismos de seguimiento y control de las operaciones.

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