Así lo dio a conocer el sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.), que concretó que la sentencia judicial establece que estos cuatro efectivos, todos de la provincia de A Coruña, fueron discriminados por ser ‘llamados a trabajar 43 días más tarde que el personal adherido al acuerdo’, y puntualiza que este hecho constituye ‘una violación’ del artículo 14 de la Constitución –que consagra como derecho fundamental la igualdad ante la ley de todos los españoles–.
En la sentencia, el juez advierte al departamento que dirige el nacionalista Alfredo Suárez Canal, según la central sindical, que el llamamiento del personal fijo discontinuo ‘no puede quedar al arbitrio de la aceptación o no de un acuerdo’, sino que ‘debe ser conforme al ciclo discontinuo en el que las necesidades de su contratación así lo exija’.
En consecuencia, los tribunales reconocen el derecho de los trabajadores al reinicio de su actividad laboral con efectos de 5 de febrero de 2007 y no desde el 20 de marzo –fecha en la que fueron llamados–. Comisiones Obreras celebró esta decisión y subrayó que implica ‘consecuencias legales y económicas inherentes’ a la declaración judicial, desde pago de salarios hasta cotizaciones a la Seguridad Social y antigüedad en la empresa.
‘Celebramos que, una vez más, los trabajadores vean reconocidos sus derechos fundamentales en los tribunales y, por el contrario, lamentamos profundamente la conducta ilegal de la Consellería’, expuso el sindicato en un comunicado.
Por todo ello, Comisiones Obreras hizo un ‘llamamiento público’ a Medio Rural para que abandonen de forma definitiva la ‘obcecación’ y ‘confrontación abierta’ contra los trabajadores e instó a este departamento a ‘dialogar’ en lugar de ‘emplear el chantaje’.
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