Según el informe del organismo dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración, al que ha tenido acceso este Diario, estas pésimas condiciones que presenta la sede judicial jerezana "generan un riesgo grave para los trabajadores que prestan servicio en el centro y para las personas que lo visitan, principalmente en lo que a normativa de seguridad y salud de lugares de trabajo se refiere, dada la ‘pluripatología’ que sufre el edificio". En este punto, señalan las conclusiones del análisis, lo anterior es provocado, "no sólo por la antigüedad del inmueble en sí y por la incapacidad de albergar en condiciones adecuadas el número de dependencias allí existentes, habiéndose visto superado por las mismas, sino también por un deficiente mantenimiento del mismo".
Por todo ello, la Inspección de Trabajo, cuyo informe ha sido considerado por fuentes de máxima solvencia como un "hecho insólito en toda España por haber sido emitido a instancias de los propios magistrados", insta a las Administraciones central y autonómica a que, en un plazo máximo de treinta días desde la recepción del requerimiento, elabore un plan de emergencia y evacuación del centro y un plan de autoprotección de las instalaciones, analizando las posibles situaciones de emergencia y adoptando las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores". Asimismo, Trabajo reclama, en un plazo máximo de dos meses, la "confección de un plan de prevención que incluya evaluación de riesgos del centro y puestos de trabajo del mismo, así como una planificación de la actividad preventiva como consecuencia de la misma".
Pero con lo anterior no es suficiente. No en vano, tras la detección de multitud de irregularidades en García Figueras, el informe solicita, para tener a punto en un plazo no superior al trimestre, "formación e información suficiente y adecuada a los trabajadores en materia preventiva, sobre los riesgos de su puesto de trabajo, y medidas preventivas a adoptar como consecuencia del resultado de la evaluación"; y la implantación, igualmente antes de tres meses, de una "vigilancia periódica de la salud de los funcionarios (…) mediante reconocimientos médicos laborales específicos con aplicación de protocolos médicos según los riesgos de cada puesto de trabajo".
En última instancia, la Inspección de Trabajo exige la "adecuación del edificio e instalaciones al Reglamento de Seguridad y Salud de Lugares de Trabajo en el plazo de seis meses desde la recepción de este requerimiento".
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