27 de diciembre de 2024

El CGPJ y UGT suscriben un convenio de colaboración de relaciones laborales

El CGPJ y UGT suscriben un convenio de colaboración de relaciones laborales

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Francisco José Hernando, y el secretario general de UGT, Cándido Méndez, suscribieron ayer un convenio marco de colaboración en materia de relaciones laborales.
Según Hernando, el fin de este convenio es la colaboración en la formación de los jueces y trabajadores en materia preventiva para "erradicar" la siniestralidad laboral.
El presidente del CGPJ manifestó la "profunda" preocupación por la siniestralidad laboral y dijo que, al igual que con la violencia de género, y a pesar de los "muchos trabajos" para reducirla "no parece que tengamos el éxito apetecido".
Por su parte, Méndez agradeció al CGPJ su "receptividad" con la UGT para firma este convenio de carácter formativo "que se centrara" en un mejor conocimiento en las normas en materia de prevención de riesgos laborales.
Sobre esta materia, recordó que ya existe una experiencia entre el Consejo, UGT y CCOO, ya que desde hace tiempo se vienen celebrando cursos y mesas redondas para contrastar las diferentes visiones de cada uno.
El secretario general de UGT manifestó su deseo de que el convenio sea abierto y se puedan abarcar otras materias de mucho interés para los trabajadores como la Ley concursal, que tiene una interrelación con el derecho social y el laboral.
También se refirió a la conveniencia de analizar otros asuntos, como las decisiones de la Comisión Nacional de Competencia "que recurre" algunas cláusulas firmadas por sindicatos y patronal en la aplicación de los convenios colectivos o los problemas de representación sindical en los procesos electorales.
Méndez se refirió a determinadas sentencias -como la del caso Laval- en las que se da predominio a las normas de mercado interior que a las de derecho laboral y merecen la consideración de un estudio en profundidad "porque son cuestiones de alcance europeo pero tienen repercusión en la vida cotidiana de los trabajadores".

Dicha sentencia se refiere al litigio que enfrentó a los sindicatos suecos contra una empresa letona desplazada a Suecia, que pretendía pagar a sus empleados letones un salario inferior al aplicable a los trabajadores suecos del sector de la construcción.

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